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Erkidego-mailako
politika sektorialak eta
bizitegi-bazterketa: Etxebizitza
Políticas sectoriales de
ámbito autonómico y
exclusión residencial: Vivienda
Miren Saratxaga De Isla
Etxebizitza Plangintza eta Prozesu Eragileen Zuzendaria
ÍNDICE
1. ETXEBIDE:
VIVIENDA
PERSONAS
CON
NECESIDAD
DE
2. ACTUACIONES
DIRIGIDAS
A
PERSONAS
AFECTADAS POR LA EXCLUSIÓN RESIDENCIAL
3. COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN FRENTE A LA
EXCLUSIÓN RESIDENCIAL
1. ETXEBIDE:
PERSONAS CON NECESIDAD
DE VIVIENDA
1.1. POLÍTICA PÚBLICA DE VIVIENDA ¿PARA QUIÉN?
 Ser mayor de edad o menor emancipado o emancipada.
 Alguna de las futuras personas titulares de la vivienda debe
estar empadronada en un municipio de Euskadi.
 Las personas de nacionalidad extranjera con autorización de
residencia temporal podrán inscribirse en régimen de
arrendamiento.
 Ingresos mínimos:
alquiler
compra
3.000 €
9.000 €
DEMANDANTES INSCRITOS EN ETXEBIDE
ENERO 2014
1.2. DEMANDANTES
DE VIVIENDA Y
ALOJAMIENTOS
DOTACIONALES A
ENERO DE 2013
ALQUILER
51.111
58%
COMPRA
36.703
42%
DEMANDANTES ETXEBIDE EN ALQUILER POR
TTHH ENERO 2014
GIPUZKOA
14.779
BIZKAIA
27.713
ALAVA
8.619
1.3. AYUDAS PARA EL PAGO DEL ALQUILER
PCV
Mono
paren
talida
d
Ayudas
para el
alquiler
RBE
20-012012
AES
1.4. PERCEPTORES DE AYUDAS EN 2013
PRESTACIONES
DICIEMBRE
2013
TTHH
ARABA
BIZKAIA
GIPUZKOA
AÑO 2012
Perceptores RBE
2.109
497
979
633
3.997
Perceptores PCV
25.882
4.342
15.633
5.907
21.886
4.912
736
2.093
2.083
4.819
Perceptores AES Alquiler (*)
(*) Los datos de AES son de Octubre
De diciembre de 2012 a diciembre de 2013, los
perceptores de PVC han aumentado en un 18%.
2.
ACTUACIONES
DIRIGIDAS
PERSONAS
AFECTADAS
POR
EXCLUSIÓN RESIDENCIAL
A
LA
2.1.
PERSONAS
INSEGURAS:
QUE
RESIDEN
EN
VIVIENDAS
 Siguiendo el esquema de Tipología europea del sinhogarismo
y la exclusión residencial la Política de Vivienda incide en las
personas que residen en viviendas inseguras.
A. Viviendas en régimen de tenencia inseguro: Personas
viviendo en un régimen de tenencia inseguro. Sin pagar
alquiler.
- Viviendo acogidos por familiares.
- Subalquilados
- Ocupación ilegal
 Estas personas tendrían acceso al sistema ordinario de
demanda de vivienda de protección oficial.
B. Personas viviendo bajo amenaza de desahucio:
- En régimen de alquiler.
- Con la vivienda en propiedad.
 Mayor puntuación en baremación para acceso
viviendas en régimen de alquiler. 10 puntos adicionales.
a
 Situaciones exceptuadas del procedimiento general
de adjudicación. Unidades convivenciales con hijos o hijas
menores de edad que se encuentren en grave riesgo de
exclusión social tras haber sido adjudicada la vivienda que
constituía su domicilio habitual:
a) la única de su propiedad.
b) ingresos hayan disminuido y que la cuota hipotecaria
consuma más del 50% de su renta neta disponible).
c) causas no imputables a la unidad convivencial.
d) préstamo hipotecario no exceda de 350.000 euros.
e) no va a obtener vivienda en 3 meses.
 En 2013 se han realizado 23 adjudicaciones.
 Convenio colaboración entre CGPJ, EUDEL, Gobierno
Vasco y Diputación de Bizkaia sobre la detección de
supuestos de vulnerabilidad con ocasión del lanzamiento de
vivienda familiar. 1 expediente tramitado.
C. Personas que viven bajo amenazas de violencia por
parte de la pareja o de la familia:
 Mayor puntuación en baremación para acceso a viviendas
en régimen de alquiler. 10 puntos adicionales.
 Posibilidad de realizar adjudicaciones directas mediante la
Orden de medidas positivas de 2006.
 En 2013 se han realizado 17 adjudicaciones.
2.2.
PERSONAS
INADECUADAS:
QUE
RESIDEN
EN
VIVIENDAS
A. Personas viviendo en estructuras temporales y no
convencionales:
- Caravanas y similares, chabolas, chozas o cabañas.
- Estructuras temporales
 Estas personas tendrían acceso al sistema ordinario de
demanda de vivienda de protección oficial.
B. Alojamiento impropio:
- Edificio ocupado que no es apropiado para vivir en él
 Se posibilita el acceso al Registro de ETXEBIDE a las personas
que aún siendo propietarias de la vivienda por:
- No reunir las condiciones mínimas de habitabilidad
establecidas en el Decreto 317/2002, de
30 de
noviembre, sobre actuaciones protegidas de rehabilitación
del patrimonio urbanizado y edificado.
- No reunir las condiciones de accesibilidad previstas por
la normativa vigente cuando los titulares tengan más de
70 años.
C. Hacinamiento extremo:
 Se excepciona a las personas cuya vivienda no cumpla la ratio
mínimo de 15 m2 por persona para que puedan acceder al
Registro ETXEBIDE.
3. COLABORACIÓN EN LA
EXCLUSIÓN RESIDENCIAL
EXTREMA
 ¿Con quién?
- Administraciones públicas
- Asociaciones sin ánimo de lucro de interés público
conveniadas con la Viceconsejería de Políticas
Sociales
- Asociaciones dentro del Plan de Inclusión Activa
gestionado por la Viceconsejería de Empleo
 ¿Cómo?
-
Cesiones temporales
Onerosas
Viviendas o locales
Convenios de colaboración
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