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La Problemática de las Tesis y las
necesidades de los CAs
M.C. Enrique Ladrón de Guevara
Durán, Dr. Alfonso C. García
Reynoso, M.I. Alberto Pedro Lorandi
Medina, M.I. Guillermo Hermida
Saba, M.S.I. José Hernández Silva
Instituto de Ingeniería
10 y 11 de Abril 2013
Situación actual en la U.V.
• El estatuto de los alumnos de 2008 establece que uno de
los requisitos para obtener el título de licenciatura, tanto
para planes de estudio flexibles (Art.78) como rígidos
(Art.87) es la tesis.
• Para planes de estudio flexibles, el artículo 89 establece
que para la acreditación de la experiencia recepcional se
deberá observarse lo siguiente:
– Es responsabilidad del académico designado programar y dar
seguimiento a la experiencia recepcional;
– Para realizar el trabajo escrito o práctico, el alumno contará
con un asesor interno o externo, que será nombrado por el
Consejo Técnico o por los coordinadores de Academia.
– El asesor podrá ser el mismo académico asignado a la
experiencia recepcional.
• Para planes de estudio rígidos, el artículo 81 dice
que:
– El Director de la Facultad o el titular de la entidad
académica designará el jurado correspondiente, que en
un acto formal expedirá el acta de examen profesional
o de titulación.
– No habla del asesor del trabajo recepcional
• También en el artículo 98 se establece que:
– El jurado del examen profesional o de grado deberá
integrarse por académicos designados por el Director
de la entidad académica, estando compuesto por tres
sinodales titulares, uno de los cuales puede ser externo,
y dos sinodales suplentes quienes integrarán el jurado
sólo en ausencia de los titulares.
• Por otro lado, en el Estatuto General en el artículo
85 establece que el Director de Facultad tendrá la
atribución de:
– XVI. Programar la realización de exámenes
profesionales y designar a los directores de tesis o
trabajos recepcionales y a los sinodales
• Y en los Lineamientos para el Control Escolar el
artículo 55 establece que:
– La evaluación de la experiencia recepcional estará a
cargo de un jurado de 3 a 5 sinodales, designado por el
Director de la entidad académica, a propuesta del
Consejo Técnico, y en el que se incluirá al académico
responsable de la misma y al asesor del trabajo final.
Que Dice PROMEP
• En los lineamientos de PROMEP, en su Manual
de Cuerpos Académicos se marca que existe la
necesidad del trabajo conjunto de los
miembros y En la pregunta frecuente de:
¿Necesariamente se deben tener publicaciones
o productos conjuntos para ser un CA?
• http://promep.sep.gob.mx/preguntasca.html
• Uno de los puntos se refiere a trabajos
recepcionales:
• “Conocer el avance de los trabajos de tesis que
realizan sus estudiantes, escuchar sus exposiciones,
criticarlos y guiarlos en ambas actividades.”
Problemática
• Con se ve en la normativa de la U.V. en los Lineamientos para el
Control Escolar del 2008 que el jurado de un examen
profesional se establece “a propuesta del Consejo Técnico, y en
el que se incluirá al académico responsable de la misma y al
asesor del trabajo final.”, se puede y se ha interpretado que para
la dirección del trabajo recepcional será únicamente una
persona la que funja como asesor.
• Por otro lado PROMEP en sus criterios de evaluación del trabajo
de los cuerpos académicos establece la obligatoriedad del
trabajo conjunto, donde se debe demostrar con las evidencias
adecuadas este hecho y que en el caso de los trabajos
recepcionales lo interpreta como la necesidad de que al menos
dos miembros de un cuerpo académico participen en la guía y la
crítica del trabajo recepcional y que exista evidencia que valide
esto.
Propuesta
• Dado que la legislación universitaria hace recaer sobre la Junta
académica de las facultades las características del trabajo
recepcional y los Lineamientos establecen que el Director y el
Consejo Técnico de cada Facultad son los que deciden la
formación del jurado y la designación de asesor, se necesita que:
• Se establezca un procedimiento donde 2 miembros de un CA
puedan ser los asesores de un trabajo recepcional, y que esto
pueda llevarse a cabo sin infringir la legislación vigente y que se
genere además, la evidencia documental correspondiente.
• Con esto existirá mayor motivación de los cuerpos académicos
para proponer temas para la realización de los trabajos
recepcionales que estén fundamentados en las líneas de trabajo
de los cuerpos, donde el estudiante enriquezca su formación y
los cuerpos académicos puedan cumplir con los requerimientos
necesarios para fortalecerse.
• La posible creación de un consejo regional o por DES
que incluya a los directores de facultades e
institutos y líderes de CAs, encargado de coordinar
la asignación de temas en experiencia recepcional,
el seguimientos de estas asignaciones y que
fomente la co-dirección de trabajos recepcionales
por al menos 2 miembros de Cuerpos Académicos.
• La realización de un foro anual o al menos un
catálogo regional de LGAC, proyectos y trabajos de
CAs, donde los estudiantes próximos a cursar
Experiencia Recepcional tengan mayores opciones
de selección de asesores de sus trabajos y se
promuevan las tesis de calidad.
Cuerpo Académico Dinámica de Sistemas UV-CA-281
http://www.uv.mx/veracruz/uvca281dinamicadesistemas/
GRACIAS!