Derechos humanos

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¿Qué son los derechos humanos?
Conjunto de condiciones de vida,
prerrogativas y libertades
inherentes a la naturaleza y dignidad de la persona,
cuya realización efectiva resulta indispensable
para el desarrollo integral del individuo
que vive en una sociedad jurídicamente organizada
que están reconocidos y garantizados en la
constitución política de los Estados Unidos mexicanos
en los Convenios y Tratados Internacionales
suscritos y ratificados por el Estado mexicano y en la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la
Llave.
CONCEPTO DE DERECHOS
HUMANOS
Son todos aquellos valores, bienes y principios de
los que gozan todos los seres humanos por el
hecho de ser personas, sin los cuales no se puede
vivir con dignidad.
CARACTERISTICAS DE LOS
DERECHOS HUMANOS
CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS
HUMANOS
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Son Universales; corresponden a todas las personas;
Irrenunciables; no es posibles renunciar a ellos;
Inalienables; no los podemos vender, prestar o
regalar;
Imprescriptibles; no se extinguen por el transcurso
del tiempo.
Indivisibilidad; no se pueden dividir.
Progresividad; van evolucionando conforme a la
época.
¿PARA QUE SIRVEN LOS
DERECHOS HUMANOS?
EJERCER Y RESPETAR LOS DERECHOS
HUMANOS, FAVORECE LA CONVIVENCIA
EN ARMONIA DEL SER HUMANO Y
FACILITA SU DESARROLLO INTEGRAL.
Importancia de los Derechos Humanos
 Los Derechos Humanos, se expresan y se
construyen en la vida diaria y en nuestra relación con
los demás.
 La vida en paz y armonía que todos anhelamos, sólo
puede lograrse mediante el ejercicio de nuestros derechos
humanos y el respeto de los derechos humanos de los
demás.
¿EN DONDE SE ENCUENTRAN
RECONOCIDOS LOS DERECHOS
HUMANOS?
LOS DERECHOS HUMANOS SE ENCUENTRAN
RECONOCIDOS EN:
- Constitución Política de los
Unidos Mexicanos.
Estados
-Tratados Internacionales
-Constituciones Locales;
-Leyes que emanan de la Constitución Federal y
de las Constituciones Locales.
¿Qué
NO SON los derechos humanos?
• NO son un obstáculo para la
seguridad pública
• NO son exclusivos de las personas que cometen
un delito
• NO son una moda
¿Quiénes están obligados a respetar los
derechos humanos?
Todas las personas tenemos la obligación de respetar
los derechos humanos.
Los Estados a través de los gobiernos, están obligados a
garantizar a la población las condiciones necesarias
para vivir y desarrollarse con dignidad.
¿Qué es la Comisión Estatal de Derechos
Humanos?
Es un Organismo autónomo con personalidad jurídica y
patrimonio propios cuyo objeto esencial es la protección,
vigilancia, defensa, promoción, difusión, estudio y
cualquier otro tema concerniente a los ddhh en el Estado
de Veracruz, así como garantizar a cualquier persona o
grupo social no ser sujeto a ninguna forma de
discriminación o exclusión a consecuencia de un acto de
autoridad.
¿Es lo mismo “derechos humanos “ que
“Comisión Estatal de Derechos Humanos”?
Creación de las Comisiones de DDHH en México
6 de junio 1990: Se creó por
Decreto Presidencial la
Comisión Nacional de
Derechos Humanos
28 de enero 1992: Se elevó a
rango constitucional la CNDH
Estableciéndose las bases de
creación de organismos de
derechos humanos en toda la
república.
El 18 diciembre
de 1990 se creó
la CEDH por decreto
del Gobernador
El 3 de febrero
del año 2000, la
CEDH se convirtió
en organismo
autónomo
¿Cuándo decimos que un servidor público
violenta derechos humanos?
Cuando por acción u omisión atenta contra
los derechos humanos reconocidos y
garantizados en las leyes y los tratados
internacionales en materia de derechos
humanos, ratificados por nuestro país.
¿Cómo puede darse una violación de derechos
humanos?
a) Por medio de una acción.- Cuando la autoridad o
servidor público, hace algo que no le está permitido
hacer en la ley o reglamento que lo rige.
b) Por omisión.- Cuando la autoridad o servidor público no
hace lo que en la ley o reglamento dice que debe
hacer.
COMPETENCIA E INCOMPETENCIA DE
LA CEDH
1. Tiene competencia en todo
el Estado de Veracruz
2. Para conocer y tramitar peticiones
o quejas por presuntas violaciones
a los DH
Competencia
CEDH
(Art. 3 Ley CEDH)
3. Imputables a servidores
públicos estatales o municipales
4. Por actos u omisiones de
naturaleza
administrativa
1. Asuntos
electorales
2. Laborales
La CEDH no es competente
para conocer de:
3. Agrarios
4. Servidores
Públicos
Federales
5.
jurisdiccionales
en cuanto al
fondo
INCOMPETENECIA DE LA CEDH (Art. 5o Ley CEDH)
Tampoco será competente respecto a consultas que
formulen las autoridades, los particulares u otras
entidades sobre:
Interpretaciones
de disposiciones
constitucionales y legales.
Ni en aquellos casos en que
se pueda comprometer su
autonomía o su autoridad
moral.
CUANDO SE ACREDITAN LAS VIOLACIONES A
DERECHOS HUMANOS, LA COMISIÓN PUEDE
EMITIR:
• Recomendación
• Conciliación
CUANDO NO SE ACREDITAN LAS VIOLACIONES A
DERECHOS HUMANOS, LA COMISIÓN PUEDE
EMITIR:
• Dictamen de no responsabilidad
• Acuerdo de archivo
“Establecer el orden, el
hábito se encargará de
manternerlo”
Parafraseando a Don
Benito Juárez: El respeto
al derecho HUMANO…
es la paz.
Comisión Estatal de Derechos Humanos
Calle Carrillo Puerto No 21
Zona Centro, C.P. 91000
Xalapa, Veracruz.
Tels. 01 228 812 05 89 y 812 07 96
01 800 260 22 00
Lic. Antonio Guillermo Bustos Rivera
Delegación Regional Córdoba
Av. 4 Bis # 21 Esq. Calle 2
Córdoba, Veracruz
Tel. 01 271 714 55 49