libro diario de formato simplificado: ejemplo

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Transcript libro diario de formato simplificado: ejemplo

LIBROS Y REGISTROS CONTABLES TRIBUTARIOS
MARCO NORMATIVO
Resolución de
Superintendencia
Tema que norma
Fecha
Nº 234-2006
Establece los requisitos, formas y condiciones que
deben llevar los libros y registros vinculados a
asuntos tributarios (LYRVAT) así como la
información mínima y formatos, lo cual entrará en
vigencia a partir del 01/01/2008
Posterga la información mínima y formatos de los
LYRVAT hasta el 01/01/2009
Modificación de la Resolución de Superintendencia
que estableció las normas referidas a libros y
registros vinculados a asuntos tributarios
Suspende la entrada en vigencia de la información
mínima y formatos de los LYRVAT hasta el
31/12/2009
Prorrogan la suspensión de la información mínima
y formatos de los LYRVAT hasta el 30/06/2010
30/12/2006
Nº 230-2007
Nº 239-2008
Nº 017-2009
Nº 286-2010
15/12/2007
31/12/2008
24/01/2009
31/12/2009
CPC Jorge De Velazco B.
LIBROS Y REGISTROS SEGÚN
RÉGIMEN TRIBUTARIO
Régimen General
Ing. > 150 UITs
Grandes , medianas
y Pequeñas
Empresas - RG
CONTABILIDAD
COMPLETA
IGV:
LIBRO DIARIO
DE FORMATO
SIMPLIFICADO
Registro de
Compras
y
Registro de
Ventas e
Ingresos
61,133
Régimen General
Ing. < 150 UITs
Microempresas - RG
470,867
RER
Ing. < 525,000
Microempresas - RER
RUS
Ing. < 360,000
Negocios de P.N. RUS 675,000
221,000
Fuente: Nota Tributaria
Julio 2011 - SUNAT
Fuente: Declaraciones Juradas 2009 - SUNAT
FORMATOS
RS 234-2006/SUNAT
Procedimiento de autorización
Forma de ser llevados
Pérdida o destrucción
Contabilidad Completa
Plazos máximos de atraso
Formatos e información mínima
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN
Legalización de Libros y Registros
 Ante
Notarios, Jueces de Paz
letrados o Jueces de Paz.
 En la Provincia del domicilio
fiscal, salvo Lima y Callao.
 Constancia en la primera hoja y
se sellan en todos los folios.
 Se legalizan antes de su uso.
 En hojas sueltas o continuas se
presenta el último folio legalizado
del libro o registro anterior.
 En libros o registros manuales,
se acredita conclusión del
anterior.
Incautación, pérdida o destrucción
 Cuando haya incautación de
libros o registros manuales se
presenta el documento que
sustente la diligencia por
autoridad competente.
 En
devolución de libros o
registros incautados no se
podrá realizar anotaciones.
Procede su cierre inmediato.
 En caso de pérdidas o
destrucción por siniestro, asalto
u otros, se presenta la
comunicación
que
corresponda.
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN
Empastado de libros y registros
 Los libros
llevados en
hojas sueltas o continuas
se empastan hasta por un
ejercicio gravable.
 El empaste se realiza
dentro de los 4 meses del
ejercicio siguiente.
 Si las hojas utilizadas son
menor a 20 , el empaste
podrá comprender 2 o
más ejercicios.
 Se incluyen hojas anuladas.
La anulación se realiza de
manera visible.
 Las hojas sueltas o continuas
no utilizadas, se pueden
emplear
para
ejercicio
siguiente.
 Si el empaste comprende
varios tomos, cada uno en su
primera página incluye una
fotocopia del folio con la
legalización del libro o
registro.
FORMAS DE LLEVADO
Formas de llevado
 Con
datos
de
cabecera:
Denominación, periodo, RUC y
apellidos y nombres o razón
social.
 Registro de operaciones: en
orden cronológico, correlativo,
legible, sin espacios en blanco,
ni enmendaduras,
 Totalizar importes en cada folio,
columna o cuenta contable hasta
obtener el total general del
período o ejercicio gravable,
 De no realizarse operaciones en
un
ejercicio : poner
“SIN
OPERACIONES




Se llevan en moneda nacional y
en
castellano,
salvo
excepciones del C.T.
Incluir los registros o asientos de
ajuste,
reclasificación
o
rectificación que correspondan.
Contener folios originales, no
admitiéndose la adhesión de
hojas o folios,
El
Libro de Inventarios y
Balances, debe ser firmado al
cierre de cada ejercicio por el
titular o su representante legal ;
además del
CPC o el CM
responsables de su elaboración.
FORMAS DE LLEVADO
Caso 1: Contener el registro de sus operaciones
de manera “legible”.
Folio 122
CUO/NC
Col 2
Col 3
Col 4
Col 5
Col 6
Col 7
Col 8
Col 9
Col 10
Col 11
Col 12
Col 13
1
02/07/2010
01
001
000000145
07
20101010101
ABC SAC
10,000.00
0.00
1,900.00
0.00
11,900.00
2
18/07/2010
01
001
000000146
07
20101010122
LA COMERCIAL SAC
20,000.00
0.00
3,800.00
0.00
23,800.00
3
25/07/2010
01
001
000000147
07
20101311107
LA INDUSTRIAL SAA
30,000.00
0.00
5,700.00
0.00
35,700.00
4
31/07/2010
01
001
000000148
07
20326010769
SUPERMERCADOS SAA
40,000.00
0.00
7,600.00
0.00
47,600.00
TOTALES
100,000.00
0.00
19,000.00
0.00
119,000.00
Referencia: (Diccionario de la lengua española - RAE) .
Legible: que se puede leer.
Leer: Pasar la vista por lo escrito o impreso comprendiendo la
significación de los caracteres empleados.
FORMAS DE LLEVADO
Caso 2: Todas las columnas del Libro o Registro
no caben en un sólo folio.
FolioFolio
122
CUO/NC
Col 2
Col 3
Col 4
Col 5
Col 6
25
Col 7
1
2
3
4
FolioFolio
123
CUO/NC
1
2
3
4
Col 8
Col 9
Col 10
Col 11
Col 12
26
Col 13
FORMAS DE LLEVADO
Caso 3: No hubo operaciones a registrar en el Libro
o registro. No hay saldo final de la cuenta y no hubo
movimientos de la cuenta durante el periodo.
Folio 122
CUO/NC
Col 2
Col 3
Col 4
Col 5
Col 6
Col 7
Col 8
Col 9
Col 10
SIN OPERACIONES
Col 11
Col 12
Col 13
FORMAS DE LLEVADO
Plan Contable
 Se deberá utilizar el Plan
Contable General empleando
cuentas contables desagregadas.
 No se aplica PCG, cuando están
obligados a emplear un Plan
Contable, Manual de Contabilidad
u otro similar distinto.
 Los que lleven su contabilidad de
acuerdo al PCGE deberán
adecuar los formatos y los
nombres
de
las
cuentas
divisionarias y subdivisionarias
del PCGR con las cuentas,
subcuentas,
divisonarias
y
subdivisionarias equivalentes.
Modificación de la razón social
 Se


deberá comunicar a la
SUNAT dicho cambio.
Pueden optar por utilizar los
libros y registros con la
denominación o razón social
anterior
hasta
que
se
terminen,. Sólo hay que
habilitarlos.
También podrán optar por
abrir
nuevos
libros
y
registros, para lo cual debe
acreditarse al notario haber
cerrado los libros y registros
u hojas sueltas.
PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LIBROS
Pérdida o destrucción
 Se comunica a la SUNAT
dentro de 15 días hábiles.
 La
comunicación
deberá
contener el detalle de los libros
o registros, el período al que
corresponden éstos, la fecha y
número de la legalización ,
datos del notario o el número
del Juzgado en que se realizó
la legalización.
 Se debe adjuntar copia
certificada de la denuncia
policial .
Plazo para rehacer libros
 El



plazo es de 60 días
calendarios, para rehacer los
libros y registros.
Si se requiere un plazo mayor
para rehacerlos, la SUNAT
otorgará la prórroga , previa
evaluación.
El contribuyente deber contar
con la documentación
que
acredite
la pérdida o
destrucción.
Los plazos se computan a
partir del día siguiente de
ocurridos los hechos.
CONTABILIDAD COMPLETA
Libros generales
 Libro Caja y Bancos.
 Libro de Inventarios y
Balances.
 Libro Diario.
 Libro Mayor.
 Registro de Compras.
 Registro de Ventas e
Ingresos.
Libros específicos según la LIR
 Libro
de
Retenciones
incisos e) y f) del Artículo
34° de la LIR
 Registro de Activos Fijos
 Registro de Costos
 Registro de Inventario
Permanente en Unidades
Físicas
 Registro de Inventario
Permanente Valorizado
PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO
Diez (10) días hábiles











Registro de Ventas e Ingresos
Registro de Compras
Registro de Consignaciones
Registro
del
Régimen
de
Percepciones
Registro
del
Régimen
de
Retenciones
Registro IVAP
Registro de Ventas e Ingresos –
Art. 26° RS 266-2004
Libro de Retenciones inciso e) y f)
del Art. 34° de LIR
Registro de Huéspedes
Registro Auxiliar de Adquisiciones
Libro de Ingresos y Gastos (PN)
Tres (03) meses
MENSUAL:
 Libro Caja y Bancos
 Libro Diario
 Libro Diario de Formato
Simplificado
 Libro Mayor
 Registro
de
Inventario
permanente en Unidades Físicas
 Registro
de
Inventario
permanente Valorizado
ANUAL:
 Libro de Inventarios y Balances
 Registro de Activos Fijos
 Registro de Costos
PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO
Ejemplo 1: Registro de Ventas
Plazo de atraso: Diez (10) días hábiles, desde el primer
día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el
comprobante de pago respectivo.
Julio 2010
CdP emitidos en el mes
Agosto 2010
02.08.2010
11.08.2010
Diez (10) días hábiles
PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO
Ejemplo 2: Libro Diario
Plazo de atraso: Tres (3) meses, desde el primer
día hábil del mes siguiente de realizadas las
operaciones.
Julio 2010
Operaciones
realizadas en el mes
Ago. 2010
Set. 2010
02.08.2010
Oct. 2010
Nov. 2010
02.11.2010
Tres (3) meses
PLAZOS MÁXIMOS DE ATRASO
Ejemplo 3: Libro Inventarios y Balances
Plazo de atraso: Tres (3) meses, desde el día hábil
siguiente al cierre del ejercicio gravable.
2010
Operaciones
realizadas en el año
Ene. 2011
Feb. 2011
03.01.2011
Mar. 2011
Abr. 2011
03.04.2011
Tres (3) meses
LIBROS Y REGISTROS CON FORMATOS
Libros Contables
 Libros de Inventarios y
Balances (20 Formatos)
 Libro Diario (1 Formatos)
 Libro Mayor (1 Formato)
 Libro
Caja
y
Bancos
(2 Formatos)
Libros Tributarios
 Registro de Ventas e Ingresos
(1 Formato)
 Registro de Compras (1 Formato)
 Registro de Consignaciones
(2 Formatos)
 Registro de Activos Fijos
(4 Formatos)
 Registro de Costos (3 Formatos)
 Libros de Retenciones inciso e) y
f) del Art. 34° de LIR (1 Formato)
 Libro
Diario
de
Formato
Simplificado (1 Formato)
 Registro de Inventario permanente
en Unidades Físicas (1 Formato)
 Registro de Inventario permanente
Valorizado (1 Formato)
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
REGISTRO DE OPERACIONES: DINÁMICA CONTABLE







Abrir las cuentas contables al nivel de desagregación establecido en el
PCGE (al inicio de cada mes).
Agruparlas por clase o elemento y ser ordenadas de manera ascendente de
izquierda a derecha.
El registro de las operaciones se realiza mensualmente de manera
consolidada.
El primer registro es el asiento de apertura .
Cada operación se registra en una línea, con la glosa y la fecha
correspondiente,.
En cada cuenta contable abrir una para el “DEBE” y otra para el “HABER”,
aplicando el principio de la partida doble del libro diario tradicional.
Al cierre de cada mes , sumar las cifras de cada columna, consignando el
resultado en la última fila de la hoja, obteniéndose el saldo final del mes de
cada cuenta.
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
Ejemplo
de
contabilización
operaciones con el PCGE.
de
1. Aporte de capital en partes iguales de 3
socios por un total de S/ 90,000.00
emitiéndose 90,000 acciones con un valor
nominal de S/ 1.00 cada una.
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
LIBRO DIARIO:
------------------ 1 -------------------10
EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
101
50
90,000
Caja
90,000
CAPITAL
501
Operación 1:
Aporte de
Capital
Capital Social
01/03/2011 Por el aporte de capital de 3 socios en efectivo
Libro Diario de Formato Simplificado:
101
Número
correlativo
Fecha o
Periodo
Operación
Debe
1
01/03/2011
501
Por el aporte de capital de 3 socios
en efectivo
90,000
Haber
Debe
Haber
90,000
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
2. Se compra mercaderías, a empresas no
relacionadas con el negocio, por el
importe total de S/. 47,200.00 (incluye el
IGV).
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
LIBRO DIARIO:
Operación 2:
Compra de
Mercaderías
------------------ 2 -------------------60
601
40
40,000
COMPRAS
Mercaderías
6011 Mercaderías manufacturadas
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES
AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR
PAGAR
401
7,200
Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111 IGV - Cuenta propia
42
47,200
CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES – TERCEROS
Facturas, boletas y otros comprobantes por
421 pagar
4212 Emitidas
05/03/2011 Por la compra de mercaderías del mes.
------------------ 3 -------------------20
40,000
MERCADERÍAS
201
Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
61
VARIACIÓN DE EXISTENCIAS
611
Mercaderías
6111 Mercaderías manufacturadas
05/03/2011 Por las mercaderías del mes ingresadas al almacén.
40,000
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
Operación 2:
Compra de
Mercaderías
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO:
NC
1
2
3
Fecha o
Periodo
Operación
101
D
501
H
D
6011
H
D
H
40111
D
H
4212
D
H
20111
D
H
6,111
D
H
Por el aporte de
01/03/2011 capital de 3 socios en
efectivo
Por la compra de
05/03/2011
mercaderías del mes.
Por las mercaderías
05/03/2011 del mes ingresadas al
almacén.
90,000
90,000
40,000
7,200
47,200
40,000
40,000
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
3. Se vende el 50% de las mercaderías en
almacén, a empresas no relacionadas
con el negocio, con un margen del 20%.
El importe total corresponde a S/.
28,320.00 (incluye el IGV).
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
LIBRO DIARIO:
Operación 3:
Venta de
Mercaderías
------------------ 4 -------------------12
CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES – TERCEROS
121
28,320
Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar
1212 Emitidas en cartera
70
24,000
VENTAS
701
Mercaderías
7011 Mercaderías manufacturadas
40
70111 Terceros
TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA
DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR
401
4,320
Gobierno central
4011 Impuesto general a las ventas
40111 IGV - Cuenta propia
15/03/2011 Por las ventas de las mercaderías del mes.
------------------ 5 -------------------69
COSTO DE VENTAS
691
20,000
Mercaderías
6911 Mercaderías manufacturadas
69111 Terceros
20
MERCADERÍAS
201
Mercaderías manufacturadas
2011 Mercaderías manufacturadas
20111 Costo
15/03/2011 Por el reconocimiento del costo de las mercaderías vendidas del mes.
20,000
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO: EJEMPLO
Operación 3:
Venta de
Mercaderías
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO:
NC
1
Fecha o
Periodo
101
Operación
D
501
H
D
6011
H
D
40111
H
D
H
4212
D
20111
H
D
H
6111
D
1212
H
D
70111
H
D
69111
H
D
H
Por el aporte de
01/03 capital de 3 socios
90,000
90,000
en efectivo
2
Por la compra de
05/03 mercaderías del
40,000
7,200
47,200
mes.
3
Por las mercaderías
05/03 del mes ingresadas
40,000
40,000
al almacén.
4
Por las ventas de
15/03 las mercaderías del
28,320
24,000
mes.
5
Por el
reconocimiento del
15/03 costo de las
mercaderías
vendidas del mes.
TOTALES
20,000
90,000
0
0
90,000 40,000
0
7,200
0
0
47,200 40,000
0
20,000 40,000 28,320
20,000
0
0
24,000 20,000
0
LIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO
REGISTRO DE OPERACIONES: RECOMENDACIONES





Para llevar este Libro , hay 3 opciones:
 Libro con las hojas pre-impresas previamente empastado.
 Libro con las hojas pre-impresas sin empastar.
 Usar hojas sueltas o continuas (libro computarizado).
Libro manual: ordenar primero las cuentas (columnas) en función al asiento
de apertura y luego se van adicionando las cuentas (columnas).El
reordenamiento se debe realizar al inicio del mes siguiente.
Libro computarizado: movilizar las columnas y reordenarlas previo a su
impresión. Usar un tamaño adecuado para que la impresión sea legible
para cualquier usuario.
Consolidar mensualmente las operaciones utilizando el Plan Contable que
corresponda.
La opción de establecer para cada cuenta contable una columna para el
“DEBE” y otra para el “HABER”, permite generar el Balance de
Comprobación, el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas.
ART. 175° LIBROS CONTABLES
Art.
175°
Multa
Nombre o descripción
Tabla
III
Omitir llevar los libros de contabilidad, u 0.6 de 0.6 de 0.6 de
los I o
Num. 1 otros libros y/o registros exigidos por las
los IN los IN
cierre
leyes, reglamentos o por R. de Sup.
Llevar los libros de contabilidad, u otros
0.3 de
0.3
de
0.3
de
libros y/o registro sin observar la forma y
los I o
Num. 2
condiciones establecidas en las normas los IN los IN
cierre
correspondientes.
Omitir
registrar
ingresos,
rentas,
0.6 de
0.6
de
0.6
de
patrimonio,
bienes,
ventas,
los I o
Num. 3
remuneraciones o actos gravados, o los IN los IN
cierre
registrarlos por montos inferiores.
Tabla I Tabla II
ART. 175° LIBROS CONTABLES
Multa
Art. 175°
Num. 5
Num. 6
Nombre o descripción
Llevar con atraso mayor al permitido por
las normas vigentes, los libros de
contabilidad u otros libros o registros
exigidos que se vinculen con la
tributación.
No llevar en castellano o en moneda
nacional los libros de contabilidad u otros
libros o registros ,excepto para los
contribuyentes autorizados a llevar
contabilidad en moneda extranjera.
Tabla I Tabla II
Tabla
III
0.3 de
los IN
0.3 de
los IN
0.3 de
los I o
cierre
0.2 de
los IN
0.2 de
los IN
0.2 de
los I o
cierre
ART. 175° LIBROS CONTABLES
Art.
175°
Multa
Nombre o descripción
No conservar los libros y registros,
llevados en sistema manual, mecanizado
Num. 7
o electrónico, durante el plazo de
prescripción de los tributos.
No conservar los sistemas o programas
electrónicos de contabilidad, los soportes
magnéticos, microarchivos u
otros
Num. 8 medios de almacenamiento, que incluyan
datos vinculados con la materia
imponible, en el plazo de prescripción de
los tributos.
Tabla I Tabla II
Tabla
III
0.3 de
0.3 de 0.3 de
los I o
los IN los IN
cierre
0.3 de
0.3 de 0.3 de
los I o
los IN los IN
cierre
MUCHAS GRACIAS