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CHILE
ONU: Normas de Derechos
Humanos para Empresas
(2003)
Hacia la responsabilidad legal
Normas Internacionales de DDHH
relevantes para las empresas:
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●
La Declaración Universal de Derechos Humanos
(1948): La Declaración pide que “tanto los individuos
como las instituciones participen en la labor de
asegurar el cumplimiento de los derechos humanos”.
Aunque la responsabilidad principal de promover y proteger
los DDHH recae en los Estados, las empresas en su calidad
de instituciones sociales, también tienen la responsabilidad
de promover y garantizar los DDHH.
Tratados Internacionales de DDHH
que las empresas tienen que
respetar:
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●
Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos (1966):
Este pacto establece el derecho a la vida, a
no ser sometido a esclavitud o a trabajo
forzado, a no sufrir discriminación, a la
libertad de expresión y de reunión...
Tratados Internacionales de DDHH
que las empresas tienen que
respetar:
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●
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Convención Internacional Sobre la
Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial (1966)
Convención Sobre la Eliminación de Todas
las Formas de Discriminación Contra la
Mujer (1979).
Convención Contra la Tortura y otros Tratos
o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
(1984).
Tratados Internacionales de DDHH
que las empresas tienen que
respetar:
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Convención sobre los Derechos del Niño
(1989)
Pacto
Internacional
de
Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (1966):
Derecho al trabajo, a un salario justo, a
condiciones
de
trabajo
seguras
y
saludables, derecho a la sindicalización, a la
salud, a la educación....
Tratados Regionales de DDHH que las
empresas tienen que respetar:
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Convenio Europeo para la Protección de los
Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales (1950).
Carta Africana de Derechos Humanos y de
los Pueblos (1981).
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Carta Social Europea (1961).
●
Carta Árabe de Derechos Humanos (1944).
Tratados Internacionales de DDHH
que las empresas tienen que
respetar:
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Convención Americana sobre Derechos
Humanos (1969).
Protocolo Adicional de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos en
materia de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales (1988).
En Síntesis:
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Las normas de la ONU se redactaron de
manera que fueran coherentes con los
acuerdos,
convenciones,
principios
y
declaraciones internacionales, regionales y
multilaterales y engloban todas las normas
con responsabilidades de derechos humanos
específicas de las empresas.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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A) Obligaciones generales:
1. Los Estados tienen la responsabilidad
primordial de promover y proteger los
derechos humanos consagrados en la
legislación internacional y nacional, asegurar
que se cumplan, respetarlos y hacerlos
respetar, incluso velando por que las
empresas respeten los derechos humanos.
Cont.
●
Dentro de sus respectivas esferas de actividad
e influencia, las empresas tienen la obligación
de promover, asegurar que se disfruten,
respetar, hacer respetar y proteger los
derechos humanos, así como los derechos e
intereses de los pueblos indígenas y otros
grupos vulnerables.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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B) Derecho a la igualdad de oportunidades y a un trato
no discriminatorio:
2 Garantizarán la igualdad de oportunidades y de trato,
con el fin de eliminar toda discriminacion u otra
condición de la persona que no guarde relación con los
requisitos para desempeñar su trabajo o con el
cumplimiento de medidas especiales destinadas a
superar la discriminación practicada en el pasado.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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C) Derecho a la seguridad personal:
3.- No cometerán actos que constituyan crímenes de
guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio,
tortura, desapariciones forzadas, trabajo forzoso u
obligatorio, toma de rehenes, ejecuciones sumarias o
arbitrarias, violaciones del derecho humanitario o
delitos internacionales de otra índole contra la persona
humana.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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C) Derecho a la seguridad personal:
4.-Las disposiciones que adopten comerciales en
materia de seguridad serán compatibles con las
normas internacionales de derechos humanos y con las
leyes y normas profesionales del país o de los países
en que realicen sus actividades.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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D) Derechos de los trabajadores:
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5.- No recurrirán al trabajo forzoso u obligatorio.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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D) Derechos de los trabajadores:
6.- Respetarán los derechos de los niños a ser
protegidos de la explotación económica.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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D) Derechos de los trabajadores:
7.- Proporcionarán
saludable.
un
entorno
laboral
seguro
y
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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D) Derechos de los trabajadores:
8.- Pagarán a los trabajadores una remuneración que
les garantice un nivel de vida adecuado para sí y sus
familias.
Esa remuneración tendrá debidamentre en cuenta lo
que los trabajadores necesitan para tener unas
condiciones de vida adecuadas y seguir mejorándolas.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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D) Derechos de los trabajadores:
9.- Garantizarán la libertad de asociación y el
reconocimiento efectivo del derecho a la negociación
colectiva.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos
humanos:
10.- Observarán y respetarán las normas aplicables del
derecho internacional, las leyes y reglamentos
nacionales, así como las prácticas administrativas, el
estado de derecho, el interés público, los objetivos de
desarrollo, las políticas sociales, económicas y
culturales, incluidas la transparencia, la responsabilidad
y la prohibición de la corrupción, y la autoridad de los
países en los que realizan sus actividades.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos
humanos:
11.- No ofrecerán, prometerán, darán, aceptarán,
condonarán, aprovecharán a sabiendas ni pedirán
ningún soborno u otra ventaja indebida.
Tampoco podrá pedírseles ni esperar que ofrezcan
ningun soborno u otra ventaja indebida a ningún
gobierno, funcionario público, candidato a puesto
electivo,miembro de las FFAA o seguridad, o cualquier
otra persona u organización.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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E) Respeto de la soberanía nacional y de los derechos
humanos:
12.- Respetarán los derechos económicos, sociales y
culturales y los derechos cíviles y políticos y contribuirán
a su realización, en particular los derechos del
desarrollo, a una alimentación, una salud y una vivienda
adecuadas, a la educación, a la libertad de opinión y
expresión, y se abstendrán de todo acto que impida el
ejercicio de esos derechos.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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F) Obligaciones
consumidor:
en
materia
de
protección
del
13.- Actuarán en consonancia con las prácticas
mercantiles, comerciales y publicitarias leales y
adoptarán cuantas medidas sean necesarias para
garantizar la seguridad y calidad de los bienes y
servicios que proporcionen, incluso observarán el
principio de precaución.
No producirán , distribuirán, comercializarán ni
promocionarán productos dañinos o potencialmente
dañinos para su uso por los consumidores.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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G) Obligaciones en materia de protección del medio
ambiente:
14.- Realizarán sus actividades de conformidad con las
leyes, reglamentos y prácticas nacionales relativas a la
conservación del medio ambiente,
Así como de conformidad con los acuerdos, principios y
normas internacionales relacionados con el medio
ambiente y los derechos humanos, la salud pública y la
seguridad, la bioética y ... en general contribuyendo al
logro del objetivo más amplio del desarrollo sostenible.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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H) Disposiciones generales sobre su aplicación:
15.- Cada empresa aprobará, difundirá y aplicará
normas de funcionamiento interno acordes con las
presentes normas.
Adoptará medidas para aplicar plenamente las normas y
garantizar la pronta aplicación de las protecciones;
informando al respecto.
Aplicará e incorporará las normas en sus contratos o
acuerdos y tratos.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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H) Disposiciones generales sobre su aplicación:
16.- Serán objeto de vigilancia y verificación periódicas
por mecanismos nacionales, internacionales y de la
ONU.
Esta vigilancia será transparente e independiente y
tendrá en cuenta la información que proporcionen las
partes interesadas (incluidas ONG) y la información
proveniente de denuncias de violaciones de las
presentes normas.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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H) Disposiciones generales sobre su aplicación:
17.- Los estados establecerán y reforzarán el marco
jurídico y administrativo necesario para asegurar que las
empresas apliquen estas normas y los demás
instrumentos nacionales e internacionales petinentes.
Normas de Derechos Humanos
de la ONU para Empresas
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H) Disposiciones generales sobre su aplicación:
18.- Las empresas proporcionarán una compensación
rápida, eficaz y adecuada a las personas, entidades y
comunidades que hayan sido perjudicadas por el
incumplimiento de las presentes normas.
Recomendaciones de Amnistia
Internacional
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A los Gobiernos:
Utilizar las normas de Derechos Humanos para
empresas como punto de referencia para comprobar
que la legislación vigente es adecuada, y como guía
interpretativa del concepto de diligencia debida para los
trobunales nacionales.
Establecer el necesario marco legal y administrativo
para garantizar que las empresas acaten las normas
ONU para empresas.
Recomendaciones de Amnistia
Internacional
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A las Empresas y Sociedades Comerciales:
Adoptar, diseminar y aplicar un código de conducta que
cumpla las normas ONU para empresas.
Aplicar las normas ONU para empresas en sus
contratos y tratos.
Organizar seminarios y talleres de formación para su
personal y facilitar actividades similares con sus
asociados y en las asociaciones del sector para difundir
el conocimiento de las normas ONU para empresas.
Recomendaciones de Amnistia
Internacional
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Al Banco Mundial, Bancos
Instituciones Financieras:
Regionales
y
Otras
Evaluar las empresas a fines de inversión utilizando
como punto de referencia las normas ONU para
empresas.
Usar las normas ONU para empresas para decidir los
criterios con los que evaluar los efectos potenciales
sobre los DDHH de futuros proyectos.
Recomendaciones de Amnistia
Internacional
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A las ONG y los Defensores de los Derechos Humanos:
Usar las normas ONU para empresas en su labor de
monitorización, campaña y captación de apoyos, así
como en los diálogos que emprendan con empresas,
gobiernos, y otros organismos.
Apoyar los esfuerzos de mayor difusión y desarrollo de
las normas ONU para empresas.