taller sobre la protección de los datos personales

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Transcript taller sobre la protección de los datos personales

INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL
19 DE ABRIL DE 2013
Instituto Politécnico Nacional
Oficina de la Abogada General
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
Objetivo
Conceptos
Marco Normativo de la protección de datos
personales
Principios rectores de la protección de datos
personales
Tratamiento de los datos personales
Seguridad de los Sistemas de Datos
Personales
Sistema Persona
Versiones Públicas

Que los Enlaces en las Unidades
Académicas y Administrativas del
Instituto Politécnico Nacional, puedan
identificar, recabar, registrar, organizar,
operar, corregir, modificar y resguardar
los datos personales en su poder, para
mejorar
la
atención
de
los
requerimientos
en
materia
de
Transparencia y Acceso a la Información.
EN POSESIÓN DE GOBIERNO
POSESIÓN DE PARTICULARES
Información Confidencial

Documentación entregada con tal carácter por los
particulares a los sujetos obligados (Instituto Politécnico
Nacional) y que contiene información confidencial,
reservada o comercial reservada, siempre que tengan el
derecho de reservarse la información, de conformidad
con las disposiciones aplicables.

Los datos personales que requieran el consentimiento
de los individuos para su difusión, distribución o
comercialización.
(arts. 18 y 19 LFTAIPG)
Datos Personales
La información concerniente a una persona
física, identificada o identificable.
(art. 3 f. II LFTAIPG)
Información concerniente a
identificada o identificable:
una
persona
Origen étnico o racial.
 Características físicas.
 Características morales.
 Características emocionales.
 Vida afectiva.
 Vida familiar.
 Domicilio particular.
 Número telefónico particular.
 Patrimonio.
 Ideología.
 Opinión política.
 Creencia o convicción religiosa.
 Creencia o convicción filosófica.
 Estado de salud física.
 Estado de salud mental.
 Preferencia sexual.

física,

Datos personales: información no pública por ser
concerniente a una persona física, identificada o
identificable, entre otra, la relativa a su origen
étnico o racial, o que esté referida a las
características físicas, edad, sexo, talla, estatura,
peso, características morales o emocionales, a su
vida afectiva y familiar, domicilio, RFC, CURP,
número telefónico particular, correo electrónico
particular, patrimonio, ideología y opiniones
políticas, creencias o convicciones religiosas o
filosóficas, los estados de salud físicos o mentales,
las preferencias sexuales, la ficha de identificación
única de los trabajadores, las
aportaciones
adicionales extraordinarias la fotografía salvo en
aquellos casos en los que se detecten circunstancias
particulares que ameriten un tratamiento singular
del caso en cuestión como lo es título, cédula y
otras análogas que afecten su intimidad.

Importancia de los Datos personales:
Que no sean utilizados con fines distintos a los
autorizados por el titular, evitando con ello que se
afecten derechos y libertades diversos, como puede
ser discriminación laboral, por razones de salud o
preferencial sexual.


Concernientes a una persona física,
identificada o identificable, e
Información contenida en los archivos
de los Sujetos Obligados.







Características físicas y personales: color de piel, iris, peso, tipo de
sangre, ADN, etc.
Datos patrimoniales: fianzas, bienes, ingresos, cuentas.
Datos ideológicos: religión, ideología, pertenencia, etc.
Datos académicos y laborales: puesto, domicilio de trabajo, email,
títulos, cédula, etc.
Datos de identificación: nombre, firma, fotografía, datos familiares,
domicilio, teléfono, RFC, etc.
Datos de salud y vida sexual: historial clínico, información
psicológica, preferencias sexuales, hábitos, etc.
Otros: Información de resoluciones judiciales, estatus migratorio,
etc.
Expedientes de personal: nombre, fotografía, domicilio,
currícula.
 Banco de Sangre: peso, estatura, complexión, entre
otros.
 Sistema de nómina: historial crediticio, cuentas
bancarias, RFC, nombre, etc.

Conjunto ordenado de Datos Personales que están en
posesión de una Dependencia o Entidad, con
independencia de su forma de acceso, creación,
almacenamiento u organización.
Cuarto Lineamiento de Protección de Datos Personales.
Físicos: para su tratamiento están contenidos en
registros manuales, impresos, sonoros, magnéticos,
visuales u holográficos.
Automatizados: son sujetos a un tratamiento
informático y requieren de una herramienta
tecnológica para su acceso o recuperación.
 Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental.
 Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información.
 Lineamientos de Protección de Datos Personales.
 Otros documentos.
Recomendaciones sobre medidas de seguridad
aplicables a los Sistemas de Datos Personales.
 Guía para la elaboración de un documento de
seguridad.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental
o
o
Artículo 20. Los sujetos obligados serán Responsables
de los Datos Personales…
Artículo 23. Los Sujetos Obligados que posean, por
cualquier título Sistemas de Datos Personales, deberán
hacerlo del conocimiento del IFAI, que mantendrán un
listado actualizado de los SDP.
Reglamento de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental

Artículo 48. Las Dependencias y Entidades que cuenten
con SDP deberán hacer del conocimiento del IFAI y del
público en general a través de sus sitios de Internet, el
listado de dichos Sistemas, en el cual indicarán el objeto
del Sistema, el tipo de Datos que contiene, el uso que se
les da, la Unidad Administrativa que los resguarda y el
nombre del Responsable.

El Instituto mantendrá un listado público actualizado de
los SDP que sean hechos de su conocimiento.

Trigésimo noveno. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el
artículo 23 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Publica Gubernamental, el IFAI pondrá a disposición de
las Dependencias y Entidades el “Sistema Persona”.

Cuadragésimo. Los Responsables deberán registrar e informar al
Instituto, dentro de los primeros diez días hábiles de marzo y
septiembre de cada año, lo siguiente:
a)Los Sistemas de Datos Personales;
b)Cualquier modificación sustancial o cancelación de dichos Sistemas,
y
c)Cualquier Transmisión de Sistemas de Datos Personales.
 Licitud. la posesión y obtención de los datos personales
obedecen exclusivamente a las atribuciones legales para una
finalidad determinada y legitima.
 Calidad de los datos. El tratamiento debe ser exacto, adecuado
pertinente y no excesivo.
 Acceso y corrección. Los SDP deben ser almacenados de
manera que permitan el ejercicio de los derechos de acceso y
corrección.
 De información. Al momento de recabar los datos debe hacerse
del conocimiento del Titular el fundamento, motivo y propósitos, por
escrito.
 Seguridad. Adoptar las medidas necesarias para garantizar la
integridad, confiabilidad, confidencialidad y disponibilidad de los
datos personales.
 Custodia y cuidado de la información. Los Responsables,
Encargados y Usuarios deberán garantizar el manejo adecuado en
su tratamiento.
Responsable: Titular de la Unidad Administrativa.
Encargado: Servidor Público autorizado para llevar a cabo el
tratamiento de los datos personales.
Usuario: Servidor Público que utiliza de manera cotidiana los
sistemas.
 Consentimiento para la transmisión. La otorgará el titular de
manera libre, expresa e informada.
 Exacto. Deben mantenerse actualizados y veraces.
 Adecuado. Observar las medidas de seguridad aplicables.
 Pertinente. Realizado por personal autorizado para cumplir atribuciones de
la Dependencia o Entidad.
 No excesivo. Información estrictamente necesaria para el fin requerido.
Información al titular de datos personales.
En el momento en que se recaben datos personales se
deberá hacer del conocimiento al titular, el fundamento,
motivo y finalidad.
“Los datos personales recabados en el presente documento, serán
protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales
________________ (indicar el nombre del sistema), mismo que fue
registrado en el Listado de Sistemas de Datos Personales ante el
Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, el
cual tiene fundamento en el artículo ___, fracción ___ de la Ley
_____________ (mencionar la Ley que fundamenta) y demás
disposiciones aplicables, cuya finalidad es ______________
(describirla) y en su caso, establecer comunicación con las personas
registradas, para aclarar dudas sobre sus datos, por lo que únicamente
serán utilizados para ello y para fines estadísticos. La Unidad
Administrativa responsable del Sistema de Datos Personales es
_____________ (indicarla), y el domicilio donde el (la) interesado (a)
podrá ejercer los derechos de acceso y corrección de sus datos es
_________ (domicilio de la Unidad de Enlace). Lo anterior se informa
en cumplimiento del Decimo Séptimo de los Lineamientos de
Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la
Federación el 30 de septiembre de 2005.”
Disociación de datos.
Procedimiento por el cual los datos no pueden asociarse
al Titular ni permiten la identificación individual del
mismo. (fines estadísticos)
Tratamiento de datos por terceros.
Cuando se contrate a terceros para que realicen el
Tratamiento de datos personales se deberá estipular
en el contrato la implementación de medidas de
seguridad y custodia de conformidad con los
Lineamientos de Protección de Datos Personales y la
imposición de penas convencionales por su
incumplimiento.
Transmisión de Datos Personales
Toda entrega total o parcial de SDP realizada por las
Dependencias y Entidades a cualquier persona
distinta al Titular de los Datos, utilizando medios
físicos o electrónicos o cualquier tecnología que lo
permita.
Tercer Lineamiento de Protección de
Datos Personales.
Transmisión sin Consentimiento del Titular.
 Razones
estadísticas, científicas o de interés general
previa disociación de datos.
 Cuando se transmitan entre sujetos obligados siempre
que se utilicen para el ejercicio de sus facultades.
 Por orden judicial.
 A terceros cuando se contrate la prestación de un
servicio que requiera el tratamiento de datos, quienes no
podrán usarlos para otros propósitos.
 En los demás casos que se establezcan otras leyes.
El consentimiento deberá otorgarse por escrito
incluyendo la firma autógrafa y la copia de
identificación oficial, y el servidor público encargado de
recabar el consentimiento del Titular deberá informar
las implicaciones de otorgar su consentimiento.
El consentimiento podrá ser revocado
en cualquier momento sin que se le
atribuyan efectos retroactivos
Medidas de seguridad:
Designar responsables.
Criterios para el manejo, mantenimiento y
protección de los sistemas.
Difusión de la normatividad en la materia.
Plan de capacitación interna.
Adoptar las medidas para el resguardo de los sistemas.
Autorizar expresamente a los encargados y usuarios.
Informar al Comité de Información los nombres de los
encargados y usuarios.
Asignar un espacio seguro y adecuado.
Controlar el acceso físico a las instalaciones.
Contar con lugares que cumplan con las condiciones de
seguridad.
Realizar procedimiento de control de asignación y
renovación de claves de acceso a los sistemas.
Implantar procedimientos de control y medidas de
seguridad.
Aplicación informática desarrollada por el IFAI para
mantener actualizado el listado de los sistemas de datos
personales que posean las Dependencias y Entidades
para registrar e informar sobre las transmisiones,
modificaciones y cancelaciones de los mismos.
Se actualiza los Primeros 10 días hábiles de:
• Marzo
• Septiembre
 Únicamente
los Responsables de los Sistemas
de Datos Personales, están facultados para
decidir sobre el tratamiento que se les dará a
los mismos:
* Registro
* Eliminación
* Modificación
* Transmisión
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Registro del Sistema de Datos Personales.
Modificación del Sistema de Datos Personales.
Eliminación del Sistema de Datos Personales.
Registro de Transmisiones.
Modificación de Transmisiones.
Eliminación de Transmisiones.
Reasignación del Sistema de Datos Personales.
Modificación de Responsables del Sistema de Datos
Personales.

El registro en el Sistema Persona de cualquiera de
los 8 movimientos considerados actualizaciones de
los SDP; dentro de los primeros diez días hábiles de
Marzo y Septiembre de cada año.

De NO realizar AL MENOS UNO de los ocho
movimientos ; las Dependencias deberán comunicar
al IFAI mediante oficio dentro del período ya
mencionado.
•NO se almacenan Datos Personales o SDP; éstos
solamente están en resguardo de las Dependencias
legalmente facultadas para ello.
•NO se realizan Transmisiones o cargas de Datos
Personales o SDP.
•Mediante El Sistema Persona únicamente se registran
“los reportes” de las Transmisiones, por lo que debe ser
cargada una “constancia” que respalde dicha Transmisión
(oficio, convenio de confidencialidad, etc.)
Unidad Administrativa en la que se encuentra el sistema.
Nombre del Responsable del sistema.
Cargo del Responsable.
Teléfono y correo electrónico del Responsable.
Nombre del sistema.
Finalidad del sistema.
Tipos de datos personales que contiene el sistema.
Normatividad aplicable al sistema.
Es la omisión de partes o secciones en un documento
que contengan información reservada o confidencial.
Se eliminan _________ (numero de renglones,
palabras o información eliminada, etc.) por contener
información considerada como confidencial de
conformidad con el articulo 18 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Publica
Gubernamental, así como el articulo 41 párrafo
segundo del Reglamento y los Lineamientos para la
Elaboración de Versiones PÚblicas por parte de las
Dependencias y Entidades de la Administración
Publica Federal.
Solicitante
Plazo de
Respuesta
Ampliación
Envío de la
Información
Costos
Sin costo

Información
Gubernamental
Cualquier persona

20 días







20 días
INFOMEX
Correo electrónico
Correo certificado
Mensajería
Acceso directo
Envío
Reproducción



Versión electrónica
Sitio de Internet
Acceso directo
Datos Personales
Titular de la información o su
representante legal, previa
acreditación
10 días






No aplica
Correo certificado, con acuse de
recibo
Mensajería con acuse de recibo
Acceso directo
Envío
No hay costo de reproducción, salvo
que existan dos solicitudes de acceso
en el mismo año o que se solicite
copia certificada
Reproducción de la información, salvo
que se solicite copia certificada
UNIDAD DE ENLACE
Unidad Profesional “Adolfo López Mateos”
Edificio de la Dirección General, Planta Baja,
Av. Luís Enrique Erro Soler s/n
Colonia Residencial La Escalera,
Delegación Gustavo A. Madero C.P. 07738,
México, D.F.,
Tel. 57296000, Ext. 50098, 51970, 51986
E-Mail: [email protected]
MÓDULO DE ENLACE
Unidad Profesional “Adolfo López Mateos”
Edificio de la Secretaría de Gestión Estratégica,
Primer piso, Av. Luís Enrique Erro Soler s/n
Colonia Residencial La Escalera,
Delegación Gustavo A. Madero C.P. 07738,
México, D.F., horario de atención de 9:00 a
15:00horas de lunes a viernes.
UNIDAD DE ENLACE
Lic. Adriana Campos López
Abogada General y Titular de la Unidad de Enlace
Lic. Francisco Daniel Torres Chávez
Teléfono: 57296000
Extensiones: 50095, 50098, 51970
Correo electrónico:
[email protected]
[email protected]
Gracias
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
OFICINA DE LA ABOGADA GENERAL
19 DE ABRIL DE 2013
Instituto Politécnico Nacional
Oficina de la Abogada General