PRESENTACION AEROCIVIL111

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Transcript PRESENTACION AEROCIVIL111

DEFINICION

Es el organismo estatal colombiano encargado del control y regulación de la aviación civil en Colombia

.

UBICACION

Av. Eldorado 103-15 Nuevo Edificio Aero civil Bogotá, D. C. - Colombia NIT de la entidad: 899.999.059-3

Horario de atención:

lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Línea gratuita nacional: 018000112373 PBX: (571) 425 1000 Fax: (571) 413 5000

MISIÓN

En la Aeronáutica Civil trabajamos para garantizar el desarrollo de la aviación civil, de la industria aérea y la utilización segura del espacio aéreo colombiano, facilitando el transporte intermodal y contribuyendo al mejoramiento de la competitividad del país.

VISIÓN

La Aeronáutica Civil en el año 2019 será una institución líder a nivel internacional, con altos estándares de seguridad operacional, infraestructura aeroportuaria y aeronáutica moderna y ambientalmente responsable.

FUNCIONES DE LA AEROCIVIL

• • • Coordinar con el Ministerio de Transporte la definición de políticas y planes generales de aeronáutica civil y transporte aéreo, dentro del plan global del transporte, propendiendo por el desarrollo aeronáutico y aeroportuario del país. Formular propuestas al Ministerio de Transporte para la definición de las políticas y planes generales de aeronáutica civil y transporte aéreo, dentro del plan global del transporte, propendiendo por el desarrollo aeronáutico y aeroportuario del país. Garantizar el cumplimiento del Convenio de Aviación Civil Internacional y sus anexos.

FUNCIONES DE LA AEROCIVIL

• • • • Armonizar las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional con los Reglamentos Aeronáuticos Colombianos. Dirigir, organizar, coordinar, regular técnicamente el transporte aéreo. Controlar, supervisar y asistir la operación y navegación aérea que se realice en el espacio aéreo sometido a la soberanía nacional. Promover e implementar estrategias de mercadeo y comercialización que propendan por el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de los servicios del sector aéreo y aeroportuario.

• • • •

FUNCIONES DE LA AEROCIVIL

Desarrollar, interpretar y aplicar en todos sus aspectos las normas sobre aviación civil y transporte aéreo y ejercer vigilancia sobre su cumplimiento Expedir, modificar y mantener los reglamentos aeronáuticos, conforme al desarrollo de la aviación civil Vigilar, evaluar y controlar el cumplimiento de las normas aeronáuticas y aeroportuarias en los aeropuertos propios, concesionados, descentralizados o privados Establecer las tarifas, tasas y derechos en materia de transporte aéreo.

FUNCIONES DE LA AEROCIVIL

• Fijar, recaudar y cobrar las tasas, tarifas y derechos por la prestación de los servicios aeronáuticos y aeroportuarios o los que se generen por las concesiones, autorizaciones, licencias o cualquier otro tipo de ingreso o bien patrimonial. • Fomentar y estimular las investigaciones en ciencia y en tecnología aeronáutica y aeroespacial. Políticas de Calidad El propósito fundamental de la Aerocivil es satisfacer las necesidades de los clientes y los usuarios de los servicios aeroportuarios, apoyo de la navegación aérea cumpliendo con los requisitos legales y reglamentos y así cumplir con los fines esenciales del estado definidos en la constitución.

OBJETIVOS INSTITUCIONALES

La Aeronáutica Civil en el año 2019 será una institución líder a nivel internacional, con altos estándares de seguridad operacional, infraestructura aeroportuaria y aeronáutica moderna y ambientalmente responsable.

• • • • • Mejorar los niveles de la seguridad operacional y la capacidad del espacio aéreo para atender la demanda. Mejorar la protección de la aviación civil. Minimizar el impacto negativo en el medio ambiente generado por la actividad del transporte aéreo. Fomentar y regular el desarrollo, la cobertura y el crecimiento de la aviación civil, la industria y la investigación aeronáutica. Fortalecer la gestión y eficiencia institucional.

ASPECTOS GENERALES DE LA POLÍTICA AMBIENTAL DE LA AERONAUTICA CIVIL

1 Eliminación de los factores El manejo ambiental de la Aeronáutica Civil privilegia la ambientales de riesgo que generen prevención y minimización de los riesgos e impactos en pérdidas. El control de los factores de los seres humanos y el medio ambiente. Los resultados riesgo deberá hacerse en la fuente de la gestión deben traducirse en: La racionalización del uso de materiales y energía. La reducción de la generación de residuos (sólidos, líquidos, emisiones y ruido). El mejoramiento de la calidad de los residuos. 2 Dar cumplimiento a las normas establecidas 3 Promover el mejoramiento continuo Los esfuerzos de la gestión deben enfocarse en primera instancia al cumplimiento de las normas ambientales aplicables y a la satisfacción de los compromisos de naturaleza ambiental de la Aeronáutica Civil o propios de cada Aeropuerto. El mejoramiento continuo corresponde al concepto de producción más limpia, el cual obedece a un proceso dinámico y sistemático, que debe aplicarse permanentemente, con objetivos de mayor alcance. Desarrolla el Principio de Gradualidad, que permite la búsqueda de la excelencia sin comprometer la estabilidad económica de la funcionamiento de los aeropuertos. operación y el

CONVENIO DE CHICAGO Es conocido Como El Convenio sobre Aviación Civil Internacional, el objetivo era actualizar las normas de Aviación Civil. Se actualizaron las normas establecidas en la Convención de Paris de 1919 esto es un tratado Internacional relativo a la navegación aérea

Dispone principios como:

• La soberanía de los estados contratantes.

• Las reglamentaciones de las aeronaves y los pilotos.

• Los equipos de comunicación.

• Los libros, certificados y diplomas de los pilotos.

• La distinción de aeronaves públicas de privadas • La creación de la Comisión Internacional de Navegación Aérea, de carácter permanente.

Al convenio se agregan 18 anexos los cuales contiene normas y practicas recomendadas.

• Licencias al personal.

• Reglamento del aire.

• Servicio meteorológico para la navegación aérea internacional.

• Cartas aeronáuticas Unidades de medida que se emplearán en las operaciones aéreas y terrestres.

• Operación de aeronaves • Marcas de nacionalidad y de matrícula de las aeronaves.

• Aeronavegabilidad.

• Facilitación.

• Telecomunicaciones aeronáuticas

• Servicios de tránsito aéreo. (Servicio de control de tránsito aéreo. Servicio de información de vuelo. Servicio de alerta).

• Búsqueda y salvamento • Investigación de accidentes e incidentes de aviación.

• Aeródromos.

• Servicios de información aeronáutica • Protección del medio ambiente.

• Seguridad: Protección de la aviación civil internacional contra los actos de interferencia ilícita.

•Transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea .

Requisitos y tramites Aero civil

Documentos que deben llevar las aeronaves

Toda aeronave de un Estado contratante que se emplee en la navegación internacional llevará los siguientes documentos, de conformidad con las condiciones prescritas en el presente Convenio: a) Certificado de matrícula b) Certificado de aeronavegabilidad c) Las licencias apropiadas para cada miembro de la tripulación d) Diario de abordo e) Si está provista de aparatos de radio, la licencia de la estación de radio de la aeronave f) Si lleva pasajeros, una lista de sus nombres y lugares de embarco y destino g) Si transporta carga, un manifiesto y declaraciones detalladas de la carga

Nombre del trámite:

Solicitud de Licencia de Navegante de Vuelo –NDV-.

Dependencia de la entidad que resuelve el trámite:

Dirección de Medicina de Aviación y Licencias Aeronáuticas –Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes ubicados en el CEA.

En qué consiste el tramite:

Toda persona natural que desee ser titular de una Licencia de Navegante de Vuelo presentará ante el Grupo de Licencias Técnicas la solicitud pertinente, junto con los documentos que exige el Reglamento Aeronáutico Colombiano, Parte II, que a continuación se relacionan.

Este trámite esta dirigido:

Persona Natural.

¿Cuáles son los requisitos y documentos que necesito para realizar este trámite? Nombre Requisito

Cumplimiento de especificaciones y Estándares.

Observación sobre el requisito

Experiencia según programa aprobado a la Compañía y de acuerdo al Tipo de Aeronave que vá a operar.

Descripción documento Atributo del documento

Tener Aprobación Previa. Bitácora según se requiera. Cumplimiento de Especificaciones y Estándares. Las habilitaciones a esta licencia se harán por tipo de aeronave, para lo cual el solicitante deberá cumplir con el programa de entrenamiento aprobado al operador para tal fin y presentar exámen teórico y chequeo de vuelo en avión o simulador según el caso, ante el inspector de la Aeronáutica Civil ó su delegado.

Cumplimiento de Especificaciones y Estándares. Cumplimiento de Especificaciones y Estándares. Certificado de curso de Navegante de Vuelo expedido por Centro de Instrucción Aeronáutica, nacional o extranjero, Civil aprobado o reconocido por la Aeronáutica Certificado Centro Aeronáutica, extranjero, Civil. de de curso de Navegante de Vuelo expedido por Instrucción nacional aprobado o o reconocido por la Aeronáutica Original y Copia. Certificado médico vigente Primera clase expedido por el Grupo de Certificación y Educación Aeromédica Cédula de Ciudadanía. Fotocopia. Certificado de carencia de informes por tráfico de Original. estupefacientes. Dos fotos (3 por 4) en blanco y negro o a color fondo azul claro. Recibo de pago por el valor del trámite. Certificado médico vigente primera clase. Original. Original y copia. Copia.

Que pasos debo seguir para realizar este trámite

1. Realizar el pago del valor del trámite de la Licencia de Navegante de Vuelo –NDV-.

2. Para radicar la solicitud diligenciar el formato que se encuentra en la página web y con los documentos requeridos diríjase al Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes donde le recibirán la solicitud y le asignarán un número de radicado.

3. En el término de seis (6) días hábiles debe acercarse a la Ventanilla del Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes donde le informarán si cumple con los requisitos, de lo contrario le indicarán porque no se tramita la solicitud y queda como pendiente.

4. Si cumple, inmediatamente debe pasar al Salón de Exámenes donde le realizarán un examen escrito. Sino lo aprueba puede solicitar que se lo realicen nuevamente en el término de ocho (8) días hábiles. El examen escrito se presenta máximo dos (2) veces y si no aprueba debe ir a curso de repaso, presentando certificación del mismo, para que le realicen el examen por última vez.

5. Aprobado el examen escrito, le informarán en que Centro de Instrucción el inspector de la Aerocivil le realizará el chequeo de vuelo. Sino aprueba el chequeo, el Inspector le indicará que refuerzo debe realizar para presentar un nuevo chequeo.

6. Aprobados los exámenes prácticos, debe acercarse a la ventanilla del Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes para que se le haga entrega de su Licencia. Si usted presentó copia de la Solicitud del Certificado de Estupefacientes, la Aerocivil le entregará la licencia provisional por tres (3) meses. El usuario debe estar pendiente en el Grupo de Licencias y Exámenes del envío de dicho certificado a la Aerocivil.

7. Una vez el certificado llegue a la Aerocivil, acercarse a la ventanilla del Grupo de Licencias Técnicas y Exámenes para que le entreguen la licencia definitiva.

¿Cuánto cuesta y dónde puedo realizar el pago del trámite ?

• Caja de la Aeronáutica Civil ubicada en el Segundo Piso del Aeropuerto El Dorado.

¿Cuándo puedo realizar este trámite ?

• En cualquier fecha.

¿Cuál es el resultado de este tramite ?

• • • Licencia de Navegante de Vuelo NDV 6 días hábiles.

¿Puedo hacer seguimiento al resultado del trámite ?

Si

Se puede acercar directamente a la Dirección de Medicina de Aviación y Licencias Aeronáuticas – Grupo de Licencias Técnicas y exámenes ubicados en el CEA.

Vía Telefónica. Pedir Información en la extensión 266

¿Cuál es la vigencia del resultado de este tramite ?

• Indefinido .

¿Cuál es la normatividad que regula este tramite ?

• • Reglamento Interno.

Reglamento Aeronáutico Colombiano parte II.

Resolución.

2.3.4.5., 1999 2616 Numerales: 2.1.13., 2.1.1.4., 2.3.4., 2.3.4.1., 2.3.4.2.,