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Tema 2:
Los contratos del sector público
Tipología de los contratos del sector público
2. Régimen jurídico básico de los contratos
1.
Derecho Administrativo. Parte especial
Curso 2013-2014
1. TIPOLOGÍA DE CONTRATOS DEL
SECTOR PÚBLICO
-
Contratos Administrativos
Contratos privados
Contratos mixtos
Contratos excluidos
-
Contratos SARA
-
1.1 CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

Según el sujeto contratante: una AP NIVEL 1
(19 TRLCSP)
 Tanto si son típicos como de "naturaleza jurídica especial“
 Régimen jurídico: TRLCSP en todas sus fases
 preparación  adjudicación  efectos 
extinción
 Jurisdicción competente: contencioso-
administrativa
(21.1 TRLCSP)
 Recurso especial en materia de contratación (40.1
TRLCSP)
1.2 CONTRATOS PRIVADOS

Según el sujeto contratante (20 TRLCSP):
 Entes del sector público no AAPP…… NIVELES 2 y 3.
 Excepcionalmente, las AAPP (nivel 1) (20.1.2º)
 Régimen jurídico:
a) SARA (si contratante = poder adjudicador, nivel 2)
b) TRLCSP (“preparación  adjudicación”)
 Apenas 5 arts. del TRLCSP regulan estas fases en los
cc.privados: vacío normativo casi total
c) Derecho privado (“efectos  extinción”)
 aplicables las normas de los modificados (20.2 in fine, 105-108
TRLCSP)
 Jurisdicción competente: civil (21.2 TRLCSP)
 Salvo “preparación  adjudicación” en los SARA: orden contencioso-
administrativo
1.3 CONTRATOS MIXTOS (12 TRLCSP)
 Combinan prestaciones de distintos tipos contractuales
(obra+suministro, suministro+servicio…)
 Normas de adjudicación: rigen las aplicables a la
prestación de mayor importancia económica
1.4 CONTRATOS EXCLUIDOS (4 TRLCSP)
 Independientemente de la condición jurídica del contratante,
no se aplica el TRLCSP:






Relaciones de empleo público (funcionarial/laboral)
Convenios de colaboración interadministrativos
Gestión presupuestaria/financiera
Autorizaciones y concesiones sobre bienes de dominio público
Contratos patrimoniales (CV, donación, arrendamiento,…)
…
1.1 Contratos (administrativos) típicos o
"nominados"
a) Obras (art. 6)
b) Concesión de obra pública
 Normas especiales para
(art. 7)
c) Gestión de servicios públicos
(art. 8)
d) Suministro (art. 9)
e) Servicios (art. 10)
f) De colaboración entre el
sector público y el privado
(CPP) (art. 11)
estos contratos a lo largo de
la Ley (ejs. 121 y ss., 229 y
ss. TRLCSP)
a) Contrato de obras (art. 6)
 Realización de una obra o
alguno de los trabajos
enumerados en el Anexo I de la
ley. El contrato podrá
comprender, en su caso, la
redacción del correspondiente
proyecto.
 “Obra”: el resultado de un
conjunto de trabajos de
construcción o de ingeniería civil,
destinado a cumplir una función
económica o técnica que tenga
por objeto un bien inmueble.
b) Contrato de concesión de obras
públicas (art. 7)
 Mismo objeto que el contrato
de obras; la contraprestación a
favor del concesionario consiste,
o bien únicamente en el derecho
a explotar la obra, o bien en
dicho derecho acompañado del
de percibir un precio.
 Ejemplo: construcción y
explotación de autopistas de
peaje
c) Contrato de gestión de servicios
públicos (art. 8)
 Una AP encomienda a
una persona, natural o
jurídica, la gestión de
un servicio cuya
prestación ha sido
asumida como propia de
su competencia por la
Administración
encomendante.

Modalidades de gestión (277
TRLCSP)
a) Concesión
b) Gestión interesada
c) Concierto
d) Sociedad de economía mixta
Sociedad de Economía
Mixta Los Tranvías de
Zaragoza
d) Contrato de suministro (art. 9)
 Objeto: adquisición,
arrendamiento
financiero, o
arrendamiento, con o sin
opción de compra, de
productos o bienes
muebles.
 Por ejemplo: suministro
de material fungible; de
instrumental médico a
hospital público;
"leasing" vehículos
oficiales; etc.
e) Contrato de servicios (art. 10)
 Objeto: prestaciones de hacer
consistentes en el desarrollo de
una actividad o dirigidas a la
obtención de un resultado distinto
de una obra o un suministro
 Se dividen en las categorías del
Anexo II (de mantenimiento,
servicios financieros, de
publicidad, adquisición de
programas de ordenador a
medida).
f) Contrato de colaboración entre el sector
público y el privado (art. 11)
• AP encarga a contratista
colaborador la financiación de
inversiones necesarias + alguna
de las prestaciones que la Ley
especifica (obras y servicios de
tecnología avanzada, como
sanidad, transporte,
infraestructuras...)
• Posible reparto del riesgo (215
TRLCSP)
• Carácter excepcional (11.2 TRLCSP)
• Razones presupuestarias (recurso
a la financiación privada) para
suavizar el déficit público.
Un ejemplo: el CNIC (Centro Nacional
de Investigaciones Cardiovasculares)
1.5 Cc. sujetos a regulación armonizada (SARA)
 Derecho comunitario por razón del contratante (poder
adjudicador), de su tipo y cuantía (13 a 17 TRLCSP)
 Determinados por unos umbrales económicos
REGULACIÓN ARMONIZADA
OBRAS Y CONCESIÓN DE OP
RESTO (suministro y servicios)
5.186.000 €
134.000 / 207.000€
 Todos los contratos de CPP son SARA
 Régimen (incluso si son contratos "privados“) :
a) control de la jurisdicción C-A “preparación  adjudicación” (21.2
in fine)
b) requisitos adicionales de publicidad (142.1 TRLCSP)
c) requisitos de racionalización y simplificación (195 a 207 TRLCSP)
2. RÉGIMEN JURÍDICO BÁSICO DE
LOS CONTRATOS
1.
Requisitos de los contratos
1. Subjetivos
2. Objetivos
3. Presupuestarios
4. Formales
Requisitos de los contratos (extracto)
1. Subjetivos:
 Órgano competente (51 y ss TRLCPS)
 Contratista (54 y ss TRLCSP)
2. Objetivos:
 objeto determinado (86 TRLCSP): prohibido el
fraccionamiento.
 Precio cierto (87 TRLCSP)
Requisitos de los contratos (extracto)
3. Presupuestarios:
 Crédito presupuestario “adecuado y suficiente”
(32.c) TRLCSP).
 Fiscalización previa: Intervención General (149 y
150 LGP).
 Control posterior: Tribunal de cuentas (29 TRLCSP)
4. Formales
 Expediente de contratación (28, 109 TRLCSP)
 Formalización =adjudicación (156 TRLCSP)
Procedimiento de contratación (fases)
Fase de
preparación
•Expediente de
contratación,
forma de
tramitación,
pliegos de
cláusulas,
prescripciones
técnicas....
Fase de
adjudicación
• Selección del
contratista
(publicidad,
licitación,
selección,
criterios de
valoración de
ofertas...)
Fase de
ejecución
Fase de
extinción
• Obligaciones del
contratista, Ius
variandi,
responsabilidad,
pago del precio,
etc.
• Por
cumplimiento o
por resolución
1. Preparación
 Expediente de contratación (109 TRLCSP)
 Modalidades de tramitación
 Ordinaria (110 TRLCSP)
 Urgente (112 TRLCSP)
 De emergencia (113 TRLCSP)
 Pliegos de cláusulas administrativas y de
prescripciones técnicas (114 y ss. TRLCSP)
2. Adjudicación
 Procedimientos (138 TRLCSP)





Abierto (157 TRLCSP)
Restringido (162 TRLCSP)
Negociado (169 TRLCSP)
Contratos menores (138.3 y 111 TRLCSP)
Diálogo competitivo (179 TRLCSP)
 Publicidad (141 y 142 TRLCSP)
 Selección del contratista (150 y ss. TRLCSP)
 Criterios de valoración de ofertas: "oferta económica más
ventajosa"
o Adjudicación
por un único criterio (precio): antes subasta
o Adjudicación por varios criterios (precio, plazo, calidad,
rentabilidad, etc.): antes concurso.
3. Efectos (ejecución)
Para el contratista

Obligaciones
 Cumplimiento en plazo (212 TRLCSP)
 Responsabilidad por daños (214
TRLCSP)
 Principio de riesgo y ventura (215)
 Control de la subcontratación

Derechos
 Pago del precio (216 TRLCSP)

Mayor control de “los
modificados” (105-108, y 219
TRLCSP)
Prerrogativas de la
Administración (210 TRLCSP)
 Interpretar los contratos y
resolver las dudas
 Establecer “penalidades”
por incumplimiento (212
TRLCSP)
 Modificar los contratos
por razones de interés
público (ius variandi): 219
TRLCSP
 Acordar la resolución de
los contratos (213 TRLCSP)
 Revisión de precios (89 y
ss. TRLCSP)
4. Extinción
 Por cumplimiento (222 TRLCSP)
 Realización de la prestación "a satisfacción de la
Administración"
 Acto formal y positivo de recepción
 Por resolución (223 TRLCSP)
 Por declaración de nulidad (35 TRLCSP)