Diapositiva 1 - Contraloría General de la República

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I Taller Internacional de Auditoría, Control y Supervisión

TÍTULO: Propuesta de programa para auditar el Sistema de Control Interno en las cooperativas no agropecuarias.

AUTORES: Elsa Puga Rochela Jorge Zubizarreta Hernández

“Las cooperativas no agropecuarias son un proceso experimental y aunque se avanza, su propósito fundamental es el de ir detectando posibles fallos y corregirlos. De ahí la necesidad de que los organismos rectores de las actividades donde se desempeñan estas cooperativas, así como los gobiernos provinciales y municipales, chequeen el desempeño de ellas y saquen las mejores experiencias. Tenemos que analizar y no actuar como si lo diseñado fuera impecable”.

Raúl Castro Ruz Consejo de Ministros 1 de febrero de 2014

Problema a resolver:

Carencia de un Programa para auditar el Sistema de Control Interno en las Cooperativas no agropecuarias.

Objetivo General:

Diseñar una propuesta de programa para auditar el Sistema de Control Interno en las Cooperativas no agropecuarias.

Objetivos específicos:

Estudio y revisión de la legislación vigente.

Valorar los antecedentes del cooperativismo en Cuba y los tipos de cooperativas aprobadas.

Determinar los aspectos a incluir en el programa para auditar el Sistema de Control Interno en las cooperativas no agropecuarias.

DESARROLLO DEL COOPERATIVISMO EN CUBA I ETAPA CREACIÓN DE LAS CCS.

(Década de los 60) II ETAPA SURGIMIENTO DE LAS CPA.

(Década de los 70) III ETAPA CONSTITUCIÓN DE LAS UBPC.

(Década de los 90) IV ETAPA ACTUALIDAD (

Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido

)

COOPERATIVAS NO AGROPECUARIAS APROBADAS

1er Grupo 126 2do Grupo 71 3er Grupo 73 4to Grupo 228 101 mercados agropecuarios 5 transporte de pasajeros 6 de servicios auxiliares a la actividad del transporte 2 de Reciclaje de Desechos 12 de construcción (origen TCP) 22 de comercio, gastronomía y servicios 16 de industria 12 de la construcción 2 de producción de alimentos 2 de transporte 17 de ornitología 38 comercio, gastronomía y servicios 1 de Industria 1 de Transporte 33 de la construcción 186 de comercio, gastronomía y servicios 15 de industria 12 de la construcción 3 de transporte 1 de alimentos 5 en materia de energía 6 servicios contables

COOPERATIVAS NO AGROPECUARIAS APROBADAS 50 % 20 % 7 % 14 %

comercio, gastronomía y servicios Mercados agropecuarios Construcción Industria (producciones, reparaciones, impresiones gráficas, diseño) Ornitología Servicios de transporte de pasajeros Servicios auxiliares a la actividad del transporte Servicios Contables Materia de Energía

COMPROBACIÓN NACIONAL AL CONTROL INTERNO DESDE EL AÑO 2012 programas actividades Analizar la implementación de los lineamientos Normas y legislaciones dictadas para su cumplimiento

COOPERATIVAS NO AGROPECUARIAS

Decreto No. 309 “Reglamento de las cooperativas no agropecuarias de primer grado” Decreto Ley No. 305 “De las cooperativas no agropecuarias”

BASE LEGISLATIVA

Decreto Ley 306 de 2012, “Del régimen especial de Seguridad Social de los socios de las cooperativas no agropecuarias”

OBJETIVO GENERAL

Evaluar el Sistema de Control Interno mediante la ejecución de auditorías y comprobaciones especiales, dirigidas a objetivos priorizados, vinculados con la implementación y el cumplimiento de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobados en el VI Congreso.

1 3 2

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Proceso de creación de la Cooperativa, calidad y cumplimiento de lo contratado con el sector estatal. Lineamiento – 25.

Cumplimiento de las obligaciones tributarias, teniendo en cuenta las adecuaciones establecidas legislación vigente. Lineamientos – 63.

en la Otorgamiento Lineamiento – 53.

de créditos, su comportamiento.

SISTEMA DE CONTROL INTERNO

GESTIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS ACTIVIDADES DE CONTROL

AMBIENTE DE CONTROL

RESOLUCIÓN 60/11 CGR

INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

SUPERVISIÓN Y MONITOREO

PROGRAMA DE AUDITORÍA

NORMAS CUBANAS DE AUDITORÍA FASES

Fase de Planeación

Fase de Ejecución

1

ASPECTOS ESPECÍFICOS

DE LOS TRÁMITES PARA SU APROBACIÓN 2 DE LA COOPERATIVA EN FORMACIÓN 3 DE LA AUTORIZACIÓN DE CONSTITUCIÓN 4 PARTICIPACIÓN EN PROCESOS DE LICITACIÓN 5

OBJETO SOCIAL

6 ESCRITURA CONSTITUCIÓN Y ASAMBLEA CONSTITUTIVA

7 DE LOS ESTATUTOS Y DEL REGISTRO

8

ADMINISTRADOR O CONSEJO ADMINISTRATIVO

9 COMISIÓN DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN 10 DEL PATRIMONIO Y DE LA CONTABILIDAD 11 DE LOS PLANES INTERNOS

12 DE LAS UTILIDADES, LAS RESERVAS Y SU USO

13 DE LOS ANTICIPOS DE UTILIDADES A LOS SOCIOS 14 DE LA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

1 2 3

CONCLUSIONES

El programa presentado fue realizado teniendo en cuenta las exigencias de la metodología aprobada al efecto y la legislación vigente en nuestro país, además de consultarse los trabajos de los diplomados anteriores y la especialidad.

La aplicación de este programa en las cooperativas no agropecuarias le facilitará información a la dirección del país para la toma de decisiones oportunas.

Este programa es de aplicación general para todo tipo de cooperativa no agropecuaria, debiéndose tener en cuenta lo que se haya legislado por cada organismo.

4 Podrá ser utilizado como método de autocontrol, lo que garantizará la gestión del mismo a partir de su uso correcto.

CONCLUSIONES

5 Contribuirá al enfrentamiento a la corrupción, redundando en un beneficio moral y económico para la sociedad.

1

RECOMENDACIONES

Solicitar a la Contraloría General la revisión de este programa por la Dirección de Metodología para su ajuste, e incorporación de los elementos que se consideren.

2 Someterlo a la consideración de las Contralorías Provinciales para que puedan avalar su efectividad.

3 Proponer que este programa se utilice en la 9na Comprobación Nacional al Control Interno a efectuarse en octubre-noviembre del 2014 y sea validado en el terreno.

4 Someter el programa a los ajustes necesarios según validación realizada.

RECOMENDACIONES

5 Tener en cuenta el resultado de este trabajo en la nueva legislación, pues la actual está aprobada de forma experimental.

ANEXO No. 1.- Incidencia del tema objeto de estudio en los Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido.

ANEXO No. 1.- Incidencia del tema objeto de estudio en los Lineamientos aprobados en el VI Congreso del Partido.

Capítulo Problema Suma Peso Específico (%) I II IV VII VIII IX X XI XII Total 01,02,

03

,05,08,09,10,12,

17,20,21,25,26,27,28,29

42,

53,59,63

,66,

71

122 178,180,181 217,219,220,239,248 262 278,279

291,292

304,305,

307,308

3 5 16 6 1 1 2 2 4 43 43,2 17,6 7,7 7,9 12,5 7,1 11,1 11,8 40,0

ATRÁS

AMBIENTE DE CONTROL

Canales

Rendición de cuentas

Información Y Comunicación

Flujo de la información

En el Consejo de Administración Provincial Solicitar: •Información relacionada con las Cooperativas, aprobadas y en tramitación o Formación, puntualizando: a) Cantidad de solicitudes presentadas, especificar en cada caso fecha de presentación.

b) Origen de la propuesta realizada.

c) Actividad o tipo de servicio a realizar.

d) Cantidad de solicitudes tramitadas, según nivel de aprobación; puntualizar en cada caso fecha de tramitación.

e) Cantidad de Cooperativas aprobadas por tipo de actividad o servicio, especificar en cada caso fecha de f) Cantidad de Cooperativas en aprobación.

Formación por tipo de actividad o servicio, especificar en cada caso la fecha.

De la muestra seleccionada, conocer en la g) ¿Cuántas han solicitado financiamiento?

Institución Bancaria: h) ¿Cuántas han recibido financiamiento?

De las cooperativas seleccionadas, conocer: i) ¿Cantidad de trabajadores que la integran?

j) Total y tipo de Contratos concertados con el sector estatal.

Clasificar la muestra seleccionada, atendiendo a lo establecido en los incisos a), b) y c) del artículo 6 del Decreto Ley 305, determinando en cada caso los organismos que rigen las actividades.

ATRÁS

Ambiente de Control Del objeto social

Verificar: •Si cuentan con el objeto social aprobado de la Cooperativa y éste comprende las producciones, prestación de servicios o la actividad de comercialización, a que se dedicará de acuerdo con la autorización.

(Artículo No.14 del Decreto No. 309 del 2012).

•Cumplimiento del objeto social aprobado, contratos, comportamiento y calidad de las relaciones contractuales que aseguren su cumplimiento.

•Si las Cooperativas cuyo objeto social de producción o de servicios se encuentre registrado comercialmente, se preste en unidades o establecimientos que formen parte o no de una red de servicios, producción o de contemplarán en los correspondientes contratos los respectivos estándares de productos y servicios, el uso de las marcas, lemas comerciales, signos distintivos y otros que correspondan.

(Artículo No.15 del Decreto No.309 de 2012)

• ATRÁS

De los Estatutos,

verifique: •Que contengan las regulaciones fundamentales para el funcionamiento de la Cooperativa. Se aprueban por los socios fundadores en la Asamblea Constitutiva y quedan incorporados a la escritura de constitución y los aspectos siguientes: (Artículo No. 20 y 219 del Decreto No. 309 de 2012) a) La denominación completa y, en su caso, abreviada; b) la duración; c) el objeto social; d) el domicilio social, con e) la cantidad expresión de la dirección exacta; mínima y máxima de socios; f) los requisitos para ser socio; g) los derechos y deberes generales de los socios; h) el monto del aporte dinerario de cada socio al capital de trabajo; i) las causas que ocasionan la pérdida de la condición de socio; j) los órganos de dirección y de administración, su competencia y las reglas básicas de su funcionamiento; k) el l) el régimen económico-financiero; régimen bancario; m) el sistema de retribución a los socios, basado en la cantidad, complejidad y calidad del trabajo; n) el régimen de los trabajadores eventuales; o) la forma en que p) el efectuará su control interno; régimen disciplinario, causales y procedimiento para la sanción; q) el régimen de solución de conflictos; r) el procedimiento para modificar los estatutos; y s) el procedimiento para la

disolución y la liquidación .

ATRÁS

ADMINISTRADOR O CONSEJO ADMINISTRATIVO

Comprobar: Si ha cumplido con sus funciones atendiendo a los aspectos siguientes: (Artículo 43.1 del Decreto No. 309 del 2012) a) Elaboró los planes de producción o servicios, de ingresos y gastos, y fueron sometidos a la aprobación de la Asamblea General; b) Se informa a la Asamblea del cumplimiento de los planes de producción; c) Ha propuesto labores inherentes al cumplimiento del objeto social; d) Se ha alertado a la Asamblea de situaciones que perjudiquen el cumplimiento de los planes; e) Se han presentado daños o pérdidas de bienes o derechos del patrimonio de la Cooperativa. En caso positivo, ha informado a la Asamblea sobre ello y sus causas, se han propuesto las medidas dirigidas a obtener el resarcimiento correspondiente; f) Ha adoptado medidas organizativas encaminadas a favorecer el debido cumplimiento de los acuerdos de la Asamblea General; g) Se han contratado trabajadores eventuales según el marco regulatorio aprobado en los estatutos; h) Controla el cumplimiento de los deberes generales y demás tareas atribuidas a cada socio, así como, en su caso, de las labores de los trabajadores eventuales de la Cooperativa e informa de su resultado a la Asamblea General, al Presidente o a la Junta Directiva cuando proceda; i) Rinde cuentas periódicamente a la Asamblea General.

ATRÁS

De las utilidades, las reservas y su uso Riesgos/ Actividad de Control) (Ambiente de Control/ Gestión y Prevención de

Comprobar: •Si a partir de los ingresos totales obtenidos durante el ejercicio fiscal, se procede cuando corresponda al pago de la amortización del crédito por la adquisición del capital de trabajo inicial, el cumplimiento de las obligaciones adquiridas de otros créditos bancarios recibidos, los pagos de obligaciones con el Presupuesto del Estado y los demás gastos ocasionados en el proceso productivo. (Artículo 56.1

del Decreto No. 309 del 2012) •Si de las utilidades obtenidas al cierre del ejercicio fiscal se destinaron para reservas obligatorias hasta el límite establecido en la legislación financiera vigente, valorando la Asamblea General.

(Artículo 56.2 del Decreto No. 309 del 2012) •Que la utilidad neta obtenida después de pagar el respectivo impuesto, se distribuye en la situación económica y financiera, mediante acuerdo de la proporción determinada por la Asamblea General entre los socios y otros posibles destinos, siempre que no existan: (Artículo 56.3 y 56.4 del Decreto No. 309 del 2012) a) Deudas vencidas con el presupuesto del Estado; b) créditos vencidos con instituciones bancarias; y c) otras obligaciones prioritarias que apruebe la Asamblea General.

•Si después que la Cooperativa paga íntegramente los bienes que le fueron vendidos por los socios y constituido más de la mitad de la reserva para cubrir contingencias, procede a repartir más del 50 % de las utilidades, hasta llegar a un 70 % cuando haya completado dicha reserva.

(Artículo 57.1 del Decreto No. 309 del 2012)

•Que la distribución del fondo constituido según el por ciento de utilidades a distribuir, fue según la escala siguiente: (Artículo 57.2 del Decreto No. 309 del 2012) a) Del 51 al 65 % al 60 %; b) del 66 al 80 % al 65 %; y c) más del 81 % al 70 %.

•Si la diferencia con el 100 % de las utilidades que no se distribuyen a los socios, se destinan al fondo de operaciones, inversiones, actividades socio-culturales, incrementar el fondo de contingencia y otros, según lo aprobado en los estatutos.

(Artículo 57.3 del Decreto No. 309 del 2012) •Si los socios que se incorporaron a la Cooperativa después del comienzo de un ejercicio fiscal cobraron las utilidades que le correspondan de ese ejercicio, en igualdad de condiciones respecto al resto de los socios, proporcionalmente al período trabajado y a su aporte de trabajo individual. (Artículo 58 del Decreto No.

309 del 2012)

• ATRÁS