Derecho de la Competencia y el mercado de la Construcción:

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Transcript Derecho de la Competencia y el mercado de la Construcción:

Derecho de la Competencia y
el Sector SUPERMERCADOS:
Impacto y Análisis del Manual de Buenas Practicas Comerciales
emitido por la SCPM para el Sector
Ab. Fabián T. Pozo LL.M (c)
INTRODUCCION A LA LEY CPM
CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS:
Mercado Sectorial SUPERMERCADOS:
86.781
establecimientos entre TIENDAS, SUPERMERCADOS y otros
similares de venta al detal de productos alimenticios en el país.
15.132
en Guayaquil
14.369 en Quito
3.370 en Cuenca
Mercado Sectorial: SUPERMERCADOS
y el mercado relevante..
Mercado Sectorial y Mercado
Relevante
Diario La Hora 13 de mayo 2013
ESCENARIO 1: SUPERMERCADO CON MAYOR PODER DE COMPRA
Proveedores
de Insumos
Poder de
venta
Productores
INFLUENCIA
Los Supermercados en la
cadena productiva…
Poder de
compra/vent
a
Poder de
Compra
Procesadores
SUPERMERCADOS
Poder de
Venta
Consumidores
ESCENARIO 2: PROVEEDORES CON MAYOR PODER DE VENTA
Proveedores
de Insumos
Poder de
venta
Productores
Poder de
compra/vent
a
Poder de
VENTA
Procesadores
INFLUENCIA
SUPERMERCADOS
Poder de
Venta
Consumidores
ESCENARIO 2: PROVEEDORES CON
MAYOR PODER DE NEGOCIACION.
SITUACION: TEMAS CLAVE DEL
MANUAL BPC-SCPM
 DIAGNÓSTICO: PROBLEMAS DEL SECTOR





Relaciones Comerciales informales
Devoluciones Arbitrarias
Plazos de pago injustificadamente extensos (Escenario 1)
Retaliaciones
Concentración estructural
SOLUCION PROPUESTA: MANUAL
BPC-SCPM
 FORMALIZACIÓN DE LAS RELACIONES CONTRACTUALES:
 Por escrito y por medios electrónicos
 Contratos Marco de Provisión
 Publicas condiciones de codificación, devolución, descodificación
 PROHIBICIÓN DE RETALIACIONES
 Ya constan en la Ley, Manual Clarifica
 REGULACION DE DEVOLUCIONES
 Contratos Marco
 Publico conocimiento
 Justificaciones económicas razonables
 PLAZOS MARCO PARA PAGOS
 Liquidez de ambas partes
 PARTICIPACIÓN DE MIPYMES, Ec. P&S
 Eliminación de Barreras de entrada
ALCANCE:
CANASTAS (Alimenticio y no
alimenticio de consumo corriente):
OPERADORES INCLUIDOS (ART.2)
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
1. Supermercados
2. Comisariatos
3. Megamercados
4. Hipermercados
5. Tiendas Grandes
6. Tiendas de conveniencia
7. Bodegas
8. Distribuidores
9. Fabricantes
10. Importadores
11. Proveedores
Alimentos
Bebidas
Higiene y cuidado Personal
Limpieza de Hogar
Confitería
Frutas
Legumbres
Carnes, pollos
Mariscos / congelados
Buscando TRANSPARENCIA en la
relación…
CONTRATACION FORMAL:
27, 28 y 29




ART 6, 11, 26,
Obligación de tener contratos de
provisión por escrito o de acuerdo a ley
de Comercio Electrónico/
individualmente celebrados con cada
proveedor, cumpliendo al menos
cláusulas mínimas obligatorias.
Obligación de ajustarse a las fechas de
entrega acordada
Obligación de entregar productos que
no estén próximos a caducar.
Obligación de publicar formatos de
contrato, causales de descodificacion,
devoluciones y requisitos para ser
proveedor en páginas web.
VIGENCIA DE LOS CONTRATOS Y
ACUERDOS ART. 12
Obligación de inclusión de Plazo en todo
contrato.
Se puede suscribir contratos marco de
provisión con una duración concreta, de
entregas parciales mediante órdenes de
compra.
Para la codificación de nuevos productos,
cambios de precios, plazos, forma de
pago u otras modificaciones, se puede
usar mecanismos digitales según ley de
Comercio Electrónico, además de medios
escritos
6 meses plazo para suscripción.
DEVOLUCIONES: Rule of Reason
ART 13.
 PROHIBICION DE DEVOLUCIONES ARBITRARIAS Y RETRO VENTAS.
 Se permiten devoluciones en caso de:
 errores verificados de fabricación,
 rotulado,
 detección de vida útil insuficiente,
 detección de incumplimiento de estándares de calidad,
 detección de precios de venta inferiores al precio de
comercialización,
 fallas o inconsistencias,
 o de conformidad con las causales pactadas en los contratos de
provisión.
 A solicitud del proveedor
RETALIACIONES Y OTRAS
PRACTICAS YA PROHIBIDAS EN LA
LEY
 Art. 30.- PROHIBICION DE TERMINACION DE RELACION
CONTRACTUAL POR RETALIACIÓN
 Relación con Art. 9 y 10 de la LORCPM
 Obligación de notificar con 30 días de anticipación
decisión de terminar relación comercial.
PLAZOS DE PAGO y PARTICIPACION
DE MIPYMES/ ECON. P&S: Art 9.
COMPRAS MÍNIMAS A PEQUEÑOS PRODUCTORES.- la participación de los
proveedores de los rangos a, b y c (hasta 1 millón al año) “corresponderá
obligatoriamente al 11% de las compras totales en cada uno de estos
segmentos”.
EL NUEVO ARTÍCULO 10 y DISP. GENERAL 5º: PARTICIPACIÓN DE
PROVEEDORES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA.
PARTICIPACION E INCLUSIÓN: EXHIBICION
 Art 14, el costo de las campañas publicitarias PROPIAS Y EXCLUSIVAS no se
puede trasladar a proveedores.
 Art. 19, obligación de tener por cada ítem al menos 1 competidor, salvo
cuando no existan 2 proveedores a nivel nacional.
 Prohibición de que una sola categoría por su marca ocupe más del 85% de la
percha. Un 15% siempre ocuparán competidores.
 Prohibición de cobrar por espacio en percha.
 no aplica a exhibidores contiguos a las cajas, congeladores exclusivos,
islas de exhibición y las islas de venta personalizada, que no serán
considerados góndolas.
 15% del total de cabeceras o finales de góndola deberán estar ocupadas por
proveedores comprendidos en los literales a,b y c del art. 9. (hasta 1 millon
al año )
 Gondolas especiales para Orgánicos, multiculturales y E.P&S
VARIOS…
 Estructuralismo y Eficiencia
 Barreras de entrada :
 REGISTROS SANITARIOS
 No implica codificación obligatoria.
 REQUISITOS LEGALES Y COMERCIALES PARA CODIFICACIÓN.
 Los supermercados no podrán exigir que se verifiquen aumentos
o disminución de precios en otros, como condición previa a la
aceptación de aumentos o disminución de precios de productos
de algún proveedor.
 Ni ejercer presión o retaliaciones para obtener mejores precios.
 NI prohibir vender a otra cadena o canal
COMPETENCIA
EN BASE A MÉRITOS
PROVEEDORES
SUPERMERCADO
CONSUMIDORES
Políticas RESPONSABLES:
CON PROVEEDORES
CON CLIENTES
EN LA COMPETENCIA, COMO EN EL
FUTBOL…
FAIR PLAY
+
ESTRATEGIA Y TÁCTICA
PREGUNTAS?
GRACIAS POR SU
ATENCION
Fabian T. Pozo
[email protected]
0998886643