Transcript Presentación de OSINERGMIN
Audiencia Pública
Determinación del Peaje Unitario por Compensación FISE a ser incluido en el Peaje por Conexión Unitario del Sistema Principal de Transmisión
Pre Publicación Febrero 2013
Objetivo
Presentar los criterios, metodología y resultados obtenidos en la determinación preliminar del Peaje Unitario por Compensación FISE a ser incluido en el Peaje por Conexión Unitario del Sistema Principal de Transmisión en aplicación del numeral 4.3 del Artículo 4 ° de la Ley N ° 29852.
Marco
Legal
• Mediante Ley N° 29852, publicada el 13 de abril de 2012, se crea, entre otros, el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE).
• El recargo FISE está vigente desde el 10 de junio de 2012, y éste se hace en el marco de la Ley N° 28952 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N ° 021-2012-EM.
• Mediante Ley N° 29996, publicada el 22 de diciembre de 2012, se modificó el numeral 4.3 del Artículo 4° de la Ley N° 29852, disponiéndose que el recargo en las tarifas de transporte de gas natural por ductos, pagado por los generadores Sistema Principal de regulado por OSINERGMIN.
eléctricos, sea compensado mediante un cargo a ser incluido en el peaje del Transmisión Eléctrica, administrado y
Recargo y Recaudación por aplicación del FISE Recaudación por FISE para el periodo Junio – Diciembre de 2012
Las empresas generadoras eléctricas comprendidas en los alcances del FISE y que por lo tanto pagan el recargo a TGP son las siguientes: • Duke Energy Egenor S. A. (DUKE) • Empresa de Generación Eléctrica del sur S.A. (EGESUR) • Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (EGASA) • EDEGEL S.A.A.
• ENERSUR S.A.
• Kallpa Generación S.A. (KALLPA) • SDF Energía S.A.C.
Recargo y Recaudación por aplicación del FISE Mes-Año
jun-12 jul-12 ago-12 sep-12 oct-12 nov-12 dic-12
Total Recargo FISE por Empresa de Junio 2012 a diciembre 2012 (Dólares Americanos) DUKE
8,130 12,001 12,001 11,614 12,001 11,775 11,775
79,296 EGESUR
4,804 7,374 6,658 6,799 6,466 5,876 5,865
43,842 EGASA
23,108 34,101 34,107 33,018 34,100 33,458 33,458
225,351 EDEGEL
132,900 196,998 194,230 187,345 193,121 189,487 189,487
1,283,568 ENERSUR
120,190 178,055 176,308 171,092 175,657 173,877 171,972
1,167,150 KALLPA
131,218 194,101 191,363 184,369 189,959 186,751 186,876
1,264,638 SDF ENERGIA
10,813 15,945 15,945 15,430 15,945 15,645 15,645
105,366 TOTAL
431,162 638,574 630,611 609,667 627,249 616,869 615,078
4,169,210
Recargo y Recaudación por aplicación del FISE Estimación de la Recaudación por FISE para el periodo Enero – Abril de 2013
Para estimar la recaudación del recargo FISE para el periodo enero – abril de 2013, debemos considerar la estacionalidad de dichos meses para la generación eléctrica: • Para el mes de enero de 2013: Promedio de los meses de diciembre y noviembre de 2012.
• Para el mes de febrero de 2013: Promedio de los meses de noviembre y • octubre de 2012 Para el mes de marzo de 2013: Promedio de los meses de octubre y • setiembre de 2012 Para el mes de abril de 2013: Promedio de los meses de setiembre y agosto de 2012.
Recargo y Recaudación por aplicación del FISE Mes-Año
ene-13 feb-13 mar-13 abr-13
Total Estimación del Recargo FISE por Empresa de Enero 2013 a abril 2013 (Dólares Americanos) DUKE
11,775 11,888 11,807 11,807
47,278 EGESUR
5,870 6,171 6,633 6,729
25,402 EGASA
33,458 33,779 33,559 33,563
134,359 EDEGEL
189,487 191,304 190,233 190,787
761,811 ENERSUR
172,925 174,767 173,374 173,700
694,766 KALLPA
186,813 188,355 187,164 187,866
750,199 SDF ENERGIA
15,645 15,795 15,688 15,688
62,814 TOTAL
615,973 622,059 618,458 620,139
2,476,630
Cálculo del Peaje Unitario por Compensación FISE
El Peaje Unitario por Compensación FISE, para el periodo marzo – abril 2013 se calcula conforme a la siguiente expresión:
CFISE
D
max
MC
*
n
* 1000 Donde: CFISE MC Dmax n : Peaje Unitario por Compensación FISE en S/./kW-mes.
: Monto Estimado a Compensar, expresado en S/.
: Máxima demanda de ventas del año 2012, expresada a fin de mes en MW.
: Período de recuperación.
Cálculo del Peaje Unitario por Compensación FISE
• El Monto Estimado a Compensar (MC) es de US$ 2 476 630 o su equivalente de S/. 6 317 881 considerando preliminarmente el tipo de cambio al 28 de diciembre de 2012 (TC= 2,551 S/./US$.).
• Máxima demanda de ventas (Dmax) es 5 071,34 MW, y corresponde a la empleada en la Resolución OSINERGMIN N° 057-2012-OS/CD que fijó los Precios en Barra para el período mayo 2012 – abril 2013.
• El periodo de recuperación corresponde a los meses de marzo y abril de 2013.
Cálculo del Peaje Unitario por Compensación FISE
• El Peaje Unitario correspondiente al por Compensación FISE período marzo – abril 2013 asciende a:
0,62 S/./kW-mes.
• Peaje a aplicarse a partir del 04 de marzo de 2013 a la demanda de todos los usuarios finales (regulados y libres) del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional SEIN.
Impacto a Usuario Final Residencial
Impacto (Usuario menor a 100 kWh/mes) Área SEIN PCSPT (S/./kW-mes) 12,24 PCSPT +CFISE (S/./kW-mes) 12,86 Incremento Usuario Final (%) 0,42 %
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Asunto: Compensación FISE