Presentación Curso en Lima

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Transcript Presentación Curso en Lima

SITUACIÓN ACTUAL DEL
TRANSPORTE DE MATERIAL
RADIACTIVO EN MÉXICO
Junio/2005
Autoridades Competentes
Secretaria de Comunicaciones y Transportes

Encargada de regular el transporte en todas sus categorías
(terrestre, aéreo, marítimo, etc.).
Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias

Encargada de regular todo lo relativo a la protección y
seguridad de las fuentes de radiación ionizante.
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Infraestructura Legal
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en
Materia Nuclear
(Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de Febrero de 1985)
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Reglamento General de Seguridad Radiológica
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1988)
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Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y
Residuos Peligrosos
(Publicada en el Diario Oficial de la Federación el mes de Marzo de 1993 y
compete a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes su aplicación y
verificación de cumplimiento)
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Infraestructura Legal
Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales
Radiactivos
(En aprobación por la Secretaría Técnica de la Presidencia de la República,
contiene las recomendaciones del TS-R-1 (ST, Revisado))
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Normas Oficiales Mexicanas
(De cumplimiento obligatorio y publicadas como proyecto)
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Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en Materia Nuclear
Establece las facultades y atribuciones que la CNSNS tiene
para regular la adquisición, importación, exportación, posesión,
uso, transferencia, transporte, almacenamiento y destino o
disposición final de material radiactivo y dispositivos
generadores de radiación ionizante
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Reglamento General de
Seguridad Radiológica
Establece los requerimientos técnicos para la organización del
permisionario, sus responsabilidades, las funciones a cumplir
en lo referente a protección radiológica, así como también, los
criterios para el diseño, construcción y operación de
instalaciones, sistemas y equipos de instalaciones radiactivas;
los lineamientos para desarrollar y establecer procedimientos
para el uso seguro de las fuentes de radiación, incluyendo el
entrenamiento del personal y la actuación en caso de
emergencia.
El Reglamento obedece al requerimiento legal establecido en la
Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional y en los
convenios internacionales que México a suscrito con
organismos internacionales (OIEA, OIT y OMS). Actualmente en
proceso de revisión para incorporar las recomendaciones de las
Normas Básicas de Seguridad 115 y otros documentos.
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Reglamento para el Transporte Terrestre
de Materiales y Residuos Peligrosos
Tiene por objeto regular el transporte terrestre de materiales y
residuos peligrosos, mediante requerimientos técnicos relativos
a la clasificación de las sustancias peligrosas, a los envases y
forma de embalaje (excluyendo a los radiactivos), etiquetado y
marcado del envase y embalaje, de las características,
especificaciones y equipamiento de los vehículos motrices y
unidades de arrastre a utilizar, de la identificación de las
unidades, de las condiciones de seguridad, de la inspección de
las unidades, del acondicionamiento de la carga, de la
documentación y de las responsabilidades del transportista.
Su aplicabilidad y verificación del cumplimiento es competencia
de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes.
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Reglamento para el Transporte
Seguro de Materiales Radiactivos
Este reglamento se encuentra en proceso de aprobación por la
Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, se basa
principalmente en las recomendaciones establecidas por el
OIEA en el “Reglamento para el Transporte Seguro de
Materiales Radiactivos”, Colección de Normas de Seguridad
TS-R-1 (ST-Revisada) del OIEA, Edición 1996 (Revisada), en el
se establecen los requerimientos técnicos que debe observar el
usuario durante el transporte.
Para ayudar al usuario a una mejor aplicación de este
reglamento se han publicado como proyecto una serie de
normas, que entrarán en vigor una vez que el este sea
aprobado.
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Normas Oficiales Mexicanas
Las normas oficiales mexicanas que han sido elaboradas para
complementar la regulación en materia de Transporte de Material
Radiactivo y que están publicadas como proyecto (no de observancia
obligatoria) son:
PROY-NOM-009-NUCL-1994 "Índice de transporte para el material
radiactivo"
PROY-NOM-010-NUCL-1994 "Pruebas para embalajes y bultos que
contengan material radiactivo”
PROY-NOM-011-NUCL-1994 "Valores de actividad A1 y A2 para
transporte de material radiactivo”
PROY-NOM-014-NUCL-1995 "Categorías de bultos y sobreenvases
que contengan material radiactivo: Marcado, etiquetado y rotulado"
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Normas Oficiales Mexicanas
PROY-NOM-015-NUCL-1995 "Condiciones para exención de bultos
que contengan sustancias fisionables"
PROY-NOM-016-NUCL-1995 "Limites de contaminación superficial
removible para bultos, equipo utilizado y medios de transporte de
material radiactivo”
PROY-NOM-017-NUCL-1995 "Pruebas para material radiactivo en
forma especial para fines de transporte"
PROY-NOM-029-NUCL-1997
exceptuados"
"Límites
de
Actividad
para
bultos
PROY-NOM-030-NUCL-1997 "Límites de actividad para el transporte
de materiales radiactivos de baja actividad específica (BAE) y objetos
contaminados en la superficie (OCS)"
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Situación Actual del Transporte
de Materiales Radiactivos
Actualmente en la República Mexicana existen 170 usuarios que
cuentan con autorización para realizar el transporte de material
radiactivo, dentro de los cuales se encuentran:
Radiografía Industrial Móvil
Medidores de compactación y humedad
Prestadores de Servicios (Transporte)
Comercializadores
Registros Geofísicos
Otros
67
31
20
19
10
23
Los requisitos que deben cumplir son principalmente que cuenten
con una organización e infraestructura adecuada para llevar a
cabo sus funciones, para ello se les requiere que establezcan
procedimientos adecuados a las actividades que desarrollan,
incluyendo en caso de emergencia, siendo estos aprobados por
la Comisión.
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Situación Actual del Transporte
de Materiales Radiactivos
Dichas autorizaciones incluyen una serie de condiciones que se
deben cumplir, entre estas el cumplimiento del Reglamento para
el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos (Colección de
Seguridad No. 6, edición 1985, enmienda 1990 del OIEA). A
partir del presente año se implementa como condición el
cumplimiento del TS-R-1 del OIEA.
Verificación del Cumplimiento:
La Comisión realiza inspecciones a los usuarios con el fin de
comprobar la correcta aplicación de los principios básicos de
protección radiológica y el cumplimiento con la normativa,
mediante listas de verificación que involucran los vehículos,
equipos medidores de radiación, contenedores de transporte y
la capacitación del personal, entre otros.
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Problemas Principales
Al carecer de convenios entre las dos Autoridades Reguladoras, se
dificulta la vigilancia.
El desconocimiento a nivel municipal y estatal de la Autoridades
Reguladoras.
Falta de programas de entrenamiento
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Necesidades Futuras
Adecuar los proyectos de normas oficiales mexicanas con las
recomendaciones establecidas en las colecciones de seguridad del
OIEA. (TS-R-1, TS-G-1.1, TS-G-1.2, 112, 113)
Incluir en los procedimientos internos de evaluación e inspección las
recomendaciones establecidas en las colecciones de seguridad del
OIEA (Autorización de la Expedición).
Establecer convenios de colaboración con la SCT y entre otras
Autoridades (Aduanas, Bomberos, Protección Civil, etc.).
Establecer un programa de capacitación para el personal Inspector en
Materia de Transporte de Material Radiactivo.
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