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FONDEAR
Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria
FONDEAR – CARACTERISTICAS GENERALES
OBJETIVO GENERAL: Promover la Inversión en sectores estratégicos para el desarrollo económico y social del país, la
puesta en marcha de actividades con elevado contenido tecnológico y la generación de mayor
valor agregado en las economías regionales.
NORMATIVAS QUE REGLAMENTAN: Decreto 606/2014; Resolución 353 del MECON.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN: MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PÚBLICAS.
COMITÉ EJECUTIVO: tendrá por función la aprobación de los proyectos. Estará integrado por UN (1) representante
titular y UN (1) representante suplente designados por los titulares de las siguientes carteras ministeriales:
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
El MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS (presidente del Comité),
El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
El MINISTERIO DE INDUSTRIA,
EL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA,
El BANCO DE LA NACION argentina.
MONTO MÁXIMO PREVISO: $10,000 millones.
PLAZO DEL FIDEICOMISO: 30 años.
FONDEAR – ENCUADRE DE BENEFICIARIOS
Para acceder a cualquiera de las herramientas puestas a disposición por el FONDEAR, se deberá:
a)
Ser persona física o jurídica constituida en la REPUBLICA ARGENTINA, o fideicomisos cuyos fiduciantes sean
jurisdicciones y/o entidades de la Administración Nacional o de los Gobiernos Provinciales;
b) Estar inscriptos en la AFIP;
c) Cumplir con la normativa exigida para el desarrollo de su actividad, las normas de higiene y seguridad
industrial, y la normativa ambiental nacional, provincial o municipal vigente;
d) Podrán presentarse los consorcios de cooperación y las Agrupaciones de Colaboración . Quedan excluidas las
Uniones Transitorias de Empresas.
No podrán presentarse personas físicas o jurídicas:
•
•
•
•
Que posean deudas de carácter fiscal o previsional, o con sentencia judicial o administrativa declarando
incumplimiento en materia aduanera, cambiaria, impositiva, previsional;
Que hayan sido declaradas en estado de quiebra;
Cuyos representantes o directores hubiesen sido condenados por delitos dolosos, con penas privativas
de la libertad o inhabilitación, siempre que no haya transcurrido un tiempo igual al doble de la condena;
Que operen en contravención del ordenamiento jurídico laboral y de la seguridad social vigente.
FONDEAR – DESTINO DEL FINANCIAMIENTO
A.
SECTORES ESTRATÉGICOS: proyectos que generen encadenamientos productivos, desarrollen la producción a
escala más eficiente, promuevan el crecimiento del empleo, mejoren la competitividad y el aumento de la
inversión productiva, y/o mejoren la balanza comercial externa y la sustitución de importaciones.
Sectores priorizados: Automotriz y autopartes; Bienes de capital y sus partes y piezas; Insumos metálicos de uso
difundido; Medicamentos; Petroquímica y plásticos; Transporte de carga y logística; Electrónica; Petróleo y gas.
B.
PRODUCCIONES INNOVADORAS: proyectos que impulsen actividades innovadoras con elevado contenido
tecnológico, surgidas a partir de desarrollos, conocimientos y capacidades generados en el Sistema Nacional
de Ciencia Tecnología e Innovación.
C.
ECONOMIAS REGIONALES: proyectos que se enmarquen dentro de los siguientes ejes (no excluyente):
• Competitividad y eficiencia productiva
• Desarrollo de mercados y diferenciación de productos
• Transparencia comercial y equidad en la distribución de la renta hacia el interior de la cadena
FONDEAR – ECONOMIAS REGIONALES
En los proyectos vinculados al desarrollo de las Economías Regionales se priorizan aquellos pertenecientes a
sectores que formen parte de los siguientes complejos:
i.
Región Nuevo Cuyo: complejos Bovino: frutas de carozo y pepita; Hortícola; aromáticas y semillas; Olivícola;
Vitivinícola; Nogalero.
ii.
Región Noreste: Complejos Algodonero-textil; Apícola; Bovino; Foresto-Industrial; Cítricos dulces; Hortícolas,
aromáticas y semillas; yerbatero-tealero.
iii.
Región Noroeste: Complejos Algodonero-textil; Bovino; Caprino-ovino;
Hortícolas, aromáticas y semillas; Olivícola; Vitivinícola.
iv.
Región Patagonia: Complejos Apícola; Bovino; Caprino-ovino; Frutas de pepita; Hortícolas, aromáticas y
semillas.
Región Centro: Complejos Apícola; Avícola; Cítricos dulces y frutas finas; Hortícolas, aromáticas y semillas;
Industria Láctea; Porcino.
v.
vi.
Cítricos dulces y frutas finas;
Región Centro: Complejos Apícola; Avícola; Cítricos dulces y frutas finas; Hortícolas, aromáticas y semillas;
Industria Láctea; Porcino
FONDEAR – INSTRUMENTOS DE FINANCIAMIENTO
En el marco del FONDEAR se prevé la utilización de las siguientes alternativas de financiamiento:
a) Préstamos (detalle de características, tasas y plazos en diapositiva siguiente).
b) Bonificación de tasas de interés:
Para créditos otorgados por entidades financieras para proyectos de inversión, capital de trabajo, prefinanciación y
post-financiación de exportaciones. El riesgo de crédito será asumido por dichas entidades, las cuales estas estarán
a cargo de la evaluación del riesgo crediticio.
c) Aportes No Reembolsables (ANR):
Con carácter excepcional, para aquellos casos en los que, por las características del proyecto, no sea viable
instrumentar un préstamo, se podrá otorgar fondos sin requisito de devolución. El carácter excepcional de ANR
deberá estar debidamente justificado.
d) Aportes de capital en sociedades: se podrán efectuar integraciones relativas a aportes de capital en sociedades
comerciales con el fin de impulsar el desarrollo de producciones innovadoras.
e) Otros instrumentos de financiamiento: Podrán emplearse otros instrumentos de financiamiento a determinar
por resolución de la Autoridad de Aplicación, siempre y cuando permitan financiar proyectos con los destinos
previstos en el Decreto Nº 606/14.
FONDEAR – PRESTAMOS
Aplicación de fondos
A) Inversiones Productivas
Porcentaje de financiación
del proyecto
80%
(del proyecto)
Moneda
Pesos Argentinos
B) Capital de Trabajo para
adquisición de capital de trabajo
incremental y/o resolver
situaciones críticas
debidamente justificadas.
C) Prefinanciación de
Exportaciones:
D) Post-financiación de
Exportaciones:
40%
(sobre ventas netas
anuales)
75%
(sobre valor FOB de
exportación)
80%
( sobre valor FOB de la
exportación)
Pesos Argentinos
Tasa de interés
PyMEs: 14% nominal anual y fija en AR$.
Grandes Empresas: 19% nominal anual y
fija en AR$ hasta 24 meses, y luego tasa
variable a LEBAC NOVENTA (90) días con
tope mínimo de 14% y máximo de 25%)
PyMEs: 19% nominal anual y fija en AR$.
Grandes Empresas: tasa variable a LEBAC
NOVENTA (90) días con tope mínimo de
14% y máximo de 25%)
Plazo máximo:
84 meses, incluyendo eventual
período de gracia de hasta 36
meses sobre capital e interés.
36 meses, incluyendo eventual
período de gracia de hasta 1
año sobre capital e interés.
Dólares Estadounidenses
Tasa de interés: LIBOR 360 días más 400
(la liquidación será en pesos
puntos básicos
Argentinos equivalentes)
12 meses, incluyendo eventual
período de gracia de hasta 3
meses sobre capital.
PyMEs: LIBOR 360 días más 100 puntos
Dólares Estadounidenses
básicos.
(la liquidación será en pesos
Grandes Empresas: LIBOR 360 días más
Argentinos equivalentes)
400 puntos básicos
84 meses, incluyendo eventual
período de gracia de hasta 3
meses sobre capital.
FONDEAR – CUESTIONES OPERATIVAS
DESARROLLO DE LOS PROYECTOS:
La coordinación de las presentaciones de proyectos productivos vinculados al sector agropecuario que busquen
aplicar para alguna de las distintas alternativas de subsidio o financiamiento que ofrece el FONDEAR se realizará a
través de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN POLÍTICO-INSTITUCIONAL y EMERGENCIA AGROPECUARIA del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA DE LA NACIÓN. En su órbita, se realizará la adecuación de los
potenciales beneficiarios a los requisitos formales requeridos para la presentación formal de los proyectos para la
evaluación en el marco del FONDEAR.
MONTOS MAXIMOS Y MINIMOS:
NO EXISTEN limites mínimos y máximos en los montos de los proyectos, dependiendo los aportes de la naturaleza,
coherencia y consistencia en la formulación y presentación.
PROCESO DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES:
El proceso de evaluación esta centralizado en el MECON con las correspondientes intervenciones del BNA y NFSA.
Posteriormente se eleva un informe al Comité que será el encarga de aprobar las solicitudes. Los criterios de
evaluación son los expuestos en la Resolución 353/14.
SECTORES PRIORIZADOS:
El listado de priorización tanto sectorial como regional no es excluyente por lo que se pueden presentar proyectos
que no estén comprendidos en la misma.
ANEXO
FONDEAR – ANEXO I: REQUISITOS PARA
PRESENTACION
Toda la documentación deberá presentarse en soporte digital y papel. El soporte digital del formulario de
presentación de proyecto deberá presentarse en formato Excel.
Documentación Técnica del Proyecto
• Nota y formulario de presentación de proyecto en soporte digital en Excel y copia impresa inicialada en todas
sus hojas y última hoja con firma y aclaración del representante/titular de la empresa solicitante.
• Facturas pro-formas y/o presupuestos con membrete y firma de la empresa emisora y la solicitante
Correspondientes a la totalidad de las inversiones incluidas en el formulario de presentación de proyecto.
Dichos presupuestos deberán contener las descripciones técnicas de los bienes a adquirir, modalidad de pago
y plazo de entrega. En el caso de los bienes nacionales, la fecha de emisión no podrá superar los 90 (noventa)
días y, en el caso de los importados, los 180 (ciento ochenta) días. En caso de modificaciones de
infraestructura, plano de obra civil con las incorporaciones/modificaciones del proyecto (se requerirá visado
Municipal previo al primer desembolso).
• Balance de masa (diagrama de bloque desde las materias primas hasta los productos y subproductos,
indicando los volúmenes/unidad de tiempo de cada uno y señalando el proceso limitante o cuello de botella)
o, en su defecto, flujo de procesos.
En caso de corresponder:
• Lay out proyectado que incluya las maquinarias y equipamiento a adquirir con la ejecución del proyecto.
• Constancia de categorización ambiental y Estudio de Impacto Ambiental presentado ante el Organismo
Ambiental competente.
• Constancia de factibilidad emitida por los prestadores de energía eléctrica, agua y gas.
FONDEAR – ANEXO I: REQUISITOS PARA
PRESENTACION
Información contable
Personas Jurídicas:
• Copia simple de los 3 (tres) últimos Estados contables certificados por Contador Público Nacional y legalizados
por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Podrán suministrar elementos objetivos que fundamenten
los ingresos proyectados como, por ejemplo: notas de pedido, órdenes de compra, estudios de mercados, etc.
En caso de existir concesiones, cupos, contratos o autorizaciones específicas, deberán adjuntar copia de la
documentación que los acredite.
En caso de corresponder:
• Acta de Asamblea con decisión sobre Aportes Irrevocables y Declaración de los Socios/Accionistas respecto al
destino de los resultados del último ejercicio. Copia simple del último balance consolidado si la empresa
pertenece a un Grupo Económico. Elementos que justifiquen el financiamiento por parte de otras fuentes
(aporte de socios, directores o préstamos de terceros, proveedores, bancos comerciales u otra institución
financiera).
Personas Físicas (empresa unipersonal o Sociedad de Hecho):
• Estado de Situación Patrimonial y de Resultado de la Sociedad de Hecho o empresa unipersonal, con fecha no
anterior a 6 (seis) meses de la presentación, detalle de las ventas de los últimos 12 (doce) meses, suscripto por
Contador Público Nacional y legalizada por Consejo Profesional respectivo (en original).
• Copia simple de las últimas 3 (tres) Declaraciones Juradas de Impuestos a las Ganancias, Ganancia Mínima
Presunta, Bienes Personales, Impuesto al Valor Agregado y Rentas con sus respectivos comprobantes de pago,
en caso de corresponder.
• Podrán suministrar elementos objetivos que fundamenten los ingresos proyectados como,por ejemplo: notas
de pedido, órdenes de compra, estudios de mercados, etc. En caso de existir concesiones, cupos, contratos o
autorizaciones específicas, deberán adjuntar copia de la documentación que los acredite.
FONDEAR – ANEXO I: REQUISITOS PARA
PRESENTACION
INFORMACIÓN LEGAL Y FISCAL
• Declaración Jurada requerida por FONDEAR. (descargar archivo)
• Copias de la constancia de inscripción en la Dirección General de Rentas (Ingresos Brutos) y en la AFIP (CUIT,
IVA, Ganancias), si corresponde.
• Copias de los registros, habilitaciones y autorizaciones correspondientes para el desarrollo de las actividades
actuales o a desarrollar.
• Acreditación de la situación de tenencia del inmueble donde se desarrollará el proyecto (copia del certificado
de dominio del inmueble, copia del contrato de alquiler con vigencia mayor al plazo del proyecto, copia del
comodato, etc.).
En el caso de las personas jurídicas, adicionalmente deberá presentar:
• Copia simple del Estatuto vigente, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones
existentes al día de la presentación y última integración societaria, debidamente inscriptos ante la Inspección
General de Justicia.
• Copia simple de última/s Acta/s de Asamblea y/o Directorio donde conste el nombramiento de las autoridades
y/o representante legal y la vigencia del mandato.
• Formularios AFIP F931 y F731 (último semestre).
En caso de corresponder, detalle de deudas en concepto de moratorias previsionales y fiscales. En este caso indicar
saldo de origen, saldo adeudado, cantidad y monto de las cuotas.
GARANTÍAS OFRECIDAS PARA RESPALDAR LA SOLICITUD DE CRÉDITO
Proporcionar copia de la documentación respaldatoria de las garantías ofrecidas. Entre otras, se podrán presentar
garantías hipotecarias (vinculadas a la empresa y/o propiedad particular de los socios), prendarias, cesión de
facturas, prendas sobre instrumentos de la cartera de créditos, fianza solidaria, aval de sociedades de
garantías recíprocas, etc.
FONDEAR – ANEXO II: ELEGIBILIDAD DE GASTOS
Gastos Elegibles
Con carácter no excluyente, los siguientes rubros serán considerados gastos elegibles con recursos de FONDEAR.
a) Maquinarias y/o partes de maquinarias;
b) Equipamiento;
c) Homologaciones y certificaciones;
d) Materias primas;
e) Productos semielaborados;
f) Construcción, reformas y modificaciones edilicias y/o de instalaciones en plantas industriales o centros
de distribución y logística;
g) Estudios y análisis de preinversión para Proyectos de Apoyo a Producciones Innovadoras.
Gastos NO Elegibles
a) No podrán utilizarse los recursos del FONDEAR para financiar:
b) La adquisición de rodados que no estén destinados a la actividad propia de la empresa destinataria del
crédito;
c) Las construcciones o reparaciones de edificios o inmuebles de uso residencial;
d) La compra de terrenos;
e) La reestructuración de deudas, pago de dividendos o recuperación de capital invertido;
f) El pago de deudas impositivas;
g) Gastos no relacionados en forma directa con los objetivos del proyecto debidamente acreditado.